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CIUDAD DE MÉXICO, 16 de noviembre de 2018.- Todos tienen derecho al aguinaldo, un derecho irrenunciable que bajo ninguna circunstancia un patrón puede argumentar problemas para no pagarlo o reducir el importe del mismo, advirtió el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Roberto Campa Cifrián.
En conferencia de prensa sobre el operativo aguinaldo 2018, el Secretario destacó que este derecho al que tiene más de 20 millones de trabajadores formales se debe cubrir a más tardar el 20 de diciembre próximo, en beneficio a las familias mexicanas, además de contribuir a fortalecer la economía del país.
De acuerdo con lo establecido con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores tienen derecho a recibir el aguinaldo equivalente a los días que trabajaron en el año, ya sea que estén contratados o se haya dado por terminada la relación laboral. El monto mínimo es el equivalente a 15 días de trabajo.
El Secretario del Trabajo afirmó sobre este último punto que si una persona en algún momento del año renunció o fue despedido, el patrón también está obligado a hacer el pago correspondiente por los días que el trabajador laboró, sin importar el lugar donde se encuentre su centro de trabajo y sin excepción alguna.
Además, esta prestación se debe pagar en efectivo o a través de medios electrónicos, pues no está permitido hacerlo por medio de mercancías, vales o cualquier otra especie.
Aquellas personas que no tiene un contrato firmado o son trabajadores eventuales también tienen derecho a recibirlo.
Campa Cifrián señaló que la existencia de un contrato o una relación de trabajo se presume desde el momento en el que existe alguien que presta un trabajo personal y alguien que lo recibe.
El funcionario federal subrayó la importancia que los patrones cumplan con el pago del aguinaldo en tiempo y forma, de no ser así, aquellos que no lo otorguen de manera completa o tardía pueden hacerse acreedores de una multa de 50 a cinco mil veces el valor de las Unidades de Medidas y Actualización (UMA), que va desde los cuatro mil 30 pesos hasta los 430 mil pesos.
La institución encargada de la administración y regulación de las relaciones laborales define esta retribución como un reconocimiento al esfuerzo, entrega y compromiso que todos los trabajadores mostraron durante el tiempo que laboraron durante el año.
El aguinaldo aporta un importante incremento al consumo, pues permite que las personas puedan financiar sus legítimos intereses y los de sus familiares, pagar deudas, ahorrar o utilizarlo en lo que más les convenga.
Desde 1970, las y los patrones se encuentran obligados a cubrir este pago que deben recibir todos los empleados sin importar si son trabajadores de base, de confianza, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, entre otros.
La STPS exhortó a los trabajadores que no reciban aguinaldo a denunciar ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), en el plazo de un año, donde se les prestará servicios de asesoría, conciliación, defensa y representación de manera gratuita.