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CIUDAD DE MÉXICO, 12 de abril de 2018.- El alcalde del municipio de Choix, Sinaloa, José Lindolfo Reyes Gutiérrez, compareció ante la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República para explicar su negativa de aceptar la recomendación emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) sobre el caso de dos mil 38 víctimas de desplazamiento interno forzado en esa entidad.
El pasado 3 de abril, el Pleno de la Cámara de Senadores citó a comparecer al presidente municipal para exponer los motivos de negarse a aceptar la Recomendación 39/2017 del organismo público que protege las garantías de los mexicanos.
La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Angélica de la Peña Gómez, arguyó que por ley, todo servidor público está obligado a responder las recomendaciones que presenten los organismos y, de no ser aceptadas o cumplidas por las autoridades, éstos deberán fundar, motivar y hacer pública su negativa.
Mediante el oficio 19054, con fecha del 19 de marzo, el presidente de la CNDH, Luis Raúl González Pérez, solicitó al Senado llamar a comparecer al Lindolfo Reyes para exponer sus motivos de negar a aceptar la recomendación emitida.
La recomendación 39/2017 indica que el 14 de septiembre de 2017 se emitió una recomendación sobre el caso de dos mil 38 personas víctimas de desplazamiento forzado interno en el estado de Sinaloa.
La CNDH identificó en este caso violaciones a los derechos a la libertad de circulación y residencia, a no ser desplazado forzadamente, a la seguridad persona, propiedad, asistencia humanitaria y a las medidas de ayuda inmediata, a un nivel de vida adecuado, a la alimentación, a la vivienda o alojamiento, a la salud, a la educación, al trabajo, a la adecuada procuración de justicia.
Igualmente, determinó que el gobierno sinaloense, la Fiscalía General del estado y los Ayuntamientos de los municipios de Choix y Leyva, incurrieron responsabilidad institucional por incumplimiento de las obligaciones de garantizar el derecho a la seguridad de los habitantes, así como prevenir el desplazamiento forzado cuando las víctimas tuvieron que soportar las consecuencias de la violencia entre grupos armados de la delincuencia organizada.
La Comisión determinó el deber de reparar a las dos mil 38 víctimas de desplazamiento forzado interno ante la violación a sus derechos, las cuales implican: rehabilitación médica y psicológica, servicios jurídicos y judiciales, restitución en sus derechos vulnerados y en bienes propiedades a las que fueron despojados y contribuir a la prevención.