
Ya defiende Pumas con garras y Navas
CIUDAD DE MÉXICO, 23 de julio de 2025.- La Jefa de Gobierno Clara Brugada, reiteró que la alcaldía Cuauhtémoc no tiene atribuciones para subastar ni vender las estatuas del Che Guevara y Fidel Castro.
La mandataria capitalina explicó que el artículo 20 de la ley de alcaldías, prohíbe la concesión de espacios públicos, por lo que descartó la propuesta de la alcaldesa Alessandra Rojo de la Vega.
“Se estaba faltando a la norma del comité de monumentos y para que una escultura sea removida, se tiene que pedir permiso, no se hizo”, informó Brugada Molina.
Durante su visita a la Mañanera del Pueblo, la Jefa de Gobierno explicó que, tras la remoción, que tuvo lugar en la Colonia Tabacalera, “nos pondremos de acuerdo con el Gobierno Federal para reubicarlas”.
“Las alcaldías deben garantizar el acceso a los espacios públicos dentro de su territorio”, concluyó Clara Brugada.
Por su parte, Alessandra Rojo de la Vega ha argumentado que el monumento conocido como El Encuentro, fue comprado por la alcaldía y el artículo 53 de la Constitución, le permite modificarla.
Por su parte, el Comité de Monumentos y Obras Artísticas en Espacios Públicos de la Ciudad de México (COMAEP) sometió a consideración de sus integrantes el tema del retiro realizado, fuera de la norma, por parte de la Alcaldía Cuauhtémoc del Monumento Encuentro, en el Jardín Tabacalera, en su Vigésima Segunda Sesión Ordinaria.
Los miembros del Comité acordaron, por unanimidad, realizar un exhorto a la Alcaldía para que se lleve a cabo el proceso para la permanencia, retiro o reubicación de dicho Monumento, conforme al marco jurídico vigente.
El presidente del Comité, Alejandro Encinas, recalcó que con respecto a las declaraciones que se han vertido, por parte de la Alcaldía Cuauhtémoc en el sentido de subastar el Monumento Encuentro, la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público de la Ciudad de México establece que los bienes de dominio público son inalienables, imprescriptibles, inembargables y mientras que no cambien su situación jurídica, no podrán ser objeto de disposición alguna, salvo por las disposiciones que establezca la Ley.