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CIUDAD DE MÉXICO, 26 de mayo de 2021.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) avaló por unanimidad la cancelación del registro de tres candidaturas a diputaciones federales, cuya información en el formato 3 de 3 contra la violencia se comprobó como falsa y cometieron actos de violencia política contra las mujeres en razón de género.
El Grupo Interdisciplinario realizó un análisis muestral a candidatos y candidatas a una diputación federal, en el cual revisó y verificó el formato 3 de 3 en el que bajo protesta de decir verdad aseguraron no haber sido personas condenadas o sancionadas por violencia familiar y/o doméstica, agresiones de género, delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal, o ser deudores o morosos alimentarios.
Derivado del análisis, se encontró que tres personas candidatas incurrieron en falsedad de declaraciones se tomó la determinación de cancelar el registro a:
Ana Elizabeth Ayala Leyva/Juntos Hacemos Historia/Mayoría Relativa, Distrito 02 de Sinaloa. Cuando se desempeñaba como Tesorera Municipal del Ayuntamiento de Ahome Sinaloa, ejerció Violencia política contra las mujeres en razón de género y acoso laboral en contra de la Síndica Procuradora, Angelina Valenzuela Benites.
Lo anterior, de acuerdo a sentencia TESIN-JDP-21-2019, en la que no se impusieron sanciones, pero sí medidas de protección y restitución que no fueron cumplidas.
La infracción fue confirmada en sentencia SG-JE-37/2019 de la Sala Regional Guadalajara.
Los actos tuvieron lugar durante el periodo inmediato anterior al que buscan elegirse a otro cargo de elección popular y se perpetuaron desde 2018 hasta por lo menos el inicio del PEF actual.
Manuel Guillermo Chapman Moreno/Morena/Representación Proporcional, Primera Circunscripción. Cuando se desempeñaba como Presidente Municipal de Ahome Sinaloa, ejerció Violencia política contra las mujeres en razón de género y acoso laboral en contra de la Síndica Procuradora, Angelina Valenzuela Benites.
Lo anterior, de acuerdo a sentencia TESIN-JDP-21-2019, en la que no se impusieron sanciones, pero sí medidas de protección y restitución que no fueron cumplidas.
La infracción fue confirmada en sentencia SG-JE-37/2019 de la Sala Regional Guadalajara.
Los actos tuvieron lugar durante el periodo inmediato anterior al que buscan elegirse a otro cargo de elección popular y se perpetuaron desde 2018 hasta por lo menos el inicio del PEF actual.
Raúl Tadeo Nava/PT/Mayoría Relativa, Distrito 3 de Morelos. Cuando se desempeñaba como Presidente Municipal de Cuautla, ejerció Violencia política contra las mujeres en razón de género en contra de la Síndica María Paola Cruz Torres, quien de acuerdo a la denuncia en el Tribunal, lo señaló de impedirle realizar funciones propias de la sindicatura municipal, como lo es representar legalmente al Ayuntamiento en todos los asuntos, como las controversias legales; la exclusión de la toma de decisiones, toda vez que no se le convocó a sesión de cabildo; bloqueo económico; impedimento de tener personal a su cargo; así como expresiones denostativas referentes a que no era capaz de realizar sus labores por ser mujer.
En la Sentencia TEEM/JDC/443/2018-2 fue amonestado públicamente pese a haber sido emplazado a juicio, en ese entonces no acudió a combatir los hechos por los cuales se le denunció.
Los actos tuvieron lugar desde 2015 y se perpetuaron al menos hasta 2018; es decir, hace no más de tres años. Tal situación trajo como consecuencia impedir a una mujer únicamente por razón de su género, el ejercicio legítimo de las funciones que la ciudadanía le encomendó al haber sido votada para el cargo correspondiente, lo cual se materializa en una situación grave de violencia institucionalizada.
Calidad indispensable para ocupar candidatura
En sesión ordinaria, la presidenta de las Comisiones Unidas de Prerrogativas y Partidos Políticos y la de Igualdad de Género y No Discriminación, consejera Carla Humphrey Jordan, dijo que se cancela la candidatura de dos hombres y una mujer que incumplen con el requisito de modo honesto de vida, “calidad indispensable para ocupar una candidatura”.
Lamentó que se haya realizado sólo un estudio muestral pese a que la propuesta fue hacer una revisión total de las candidaturas. “Queda la duda si alguna de las personas registradas no debiese serlo” o es posible que una persona violentadora tome posesión de un cargo desde el cual seguirá violentando mujeres.
Explicó que el Grupo Interdisciplinario realizó un análisis exhaustivo en el que se requirió información a 156 autoridades de las 32 entidades federativas de una muestra de mil 177 personas –822 hombres y 355 mujeres– de las seis mil 962 registradas a una candidatura de diputación federal por ambos principios de elección, propietarias y suplentes, inscritas en el Sistema Nacional de Registro de Candidaturas.
El parámetro para estimar fue el porcentaje de candidaturas a una diputación federal que manifestaron sus datos con veracidad en el formato 3 de 3 contra la violencia. Los partidos tienen un plazo de 48 horas para hacer la sustitución de candidaturas.