Busco a mis hijos con el dolor de respirar ante su ausencia: Ceci Flores
CIUDAD DE MÉXICO, 22 de febrero de 2022.- El juez de
Distrito a cargo de resolver sobre el juicio de amparo que promovió José Manuel
del Río Virgen, secretario técnico de la Junta de Coordinación Política del
Senado de la República, pospuso la audiencia constitucional sobre este caso
programada para este martes hasta el 9 de marzo próximo.
Profesionales del derecho consultados por este medio consideran que esta
decisión es acertada, toda vez que para pronunciarse el juez de distrito debe
analizar 27 horas de video, que fue lo que duró la audiencia en la que Del Río
Virgen fue vinculado a proceso.
Otro factor de retraso fue que el juez de control del Décimo Primer Distrito
Judicial en Xalapa, Veracruz, Francisco Reyes Contreras, no entregó el informe
justificado que sobre esa audiencia le solicitó el juez Décimo Séptimo de
Distrito sino hasta unos minutos antes de que se venciera el plazo.
Por estas razones, la posposición fue bien recibida en círculos de abogados,
debido a que consideran que el Juez de Distrito está asumiendo una actitud
responsable y adecuada antes de emitir su resolución, en lo que se considera el
mayor escándalo en procuración de justicia de la administración del gobernador
morenista Cuitláhuac García Jiménez.
José Manuel del Río Virgen fue detenido en la mañana del 22 de diciembre de
2021, en los límites de Veracruz y Oaxaca, por elementos de la Policía
Ministerial de Veracruz.
La Fiscalía General del Estado lo acusó del cargo de homicidio calificado por
la muerte de Remigio Tovar, candidato del partido Movimiento Ciudadano a la
presidencia municipal de Cazones de Herrera, Veracruz, en junio de 2021.
El juez de control Reyes Contreras, tras una audiencia que empezó el 27 de
diciembre y culminó al día siguiente, emitió una resolución centrada en repetir
lo que se encontraba en la carpeta de investigación de la Fiscalía y lo vinculó
a proceso, sin referirse a ningún hecho ni presentar pruebas sobre la
participación del inculpado, y violando el plazo constitucional que consagra el
artículo 19 de la Constitución.