
Promueve MC garantizar a menores de edad derecho a convivencia familiar
CIUDAD DE MÉXICO, 23 de febrero de 2022.- Por unanimidad de 96 votos a favor, el Pleno del Senado de la República aprobó una reforma a la Ley Federal del Trabajo para clasificar las actividades agrícolas de menor riesgo, lo que representaría oportunidades de empleo formal para jóvenes en el campo mexicano.
El proyecto de decreto que reforma el artículo 176, fracción II, numeral 8 de la Ley Federal del Trabajo fue enviado al Ejecutivo federal para su decreto. Clasifica como labores peligrosas o insalubres, la exposición a labores agrícolas, forestales, de aserrado, silvícolas, de caza y pesca, que impliquen el uso de químicos, manejo de maquinaria, vehículos pesados, y los que determine la autoridad competente.
En el artículo Segundo Transitorio se establece que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) contará con un plazo de 180 días posteriores a la entrada en vigor del decreto, para elaborar y publicar una Norma Oficial Mexicana a efecto de clasificar las actividades mencionadas, a fin de determinar aquellas de menor riesgo.
De acuerdo al proyecto de decreto, el problema es con la redacción actual de la ley, pues no establece distinción entre las distintas actividades que conforman a la agricultura, asumiendo que todas y cada una son dañinas para el desarrollo de los menores de 18 años. Sin embargo, no todas las actividades agrícolas implican un riesgo para la seguridad o la salud de las personas.
Fundamenta que, de acuerdo a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la participación de los menores en las actividades agrícolas puede ser positiva, pues favorece la transferencia de conocimientos, usos y costumbres entre generaciones familiares y puede ser un factor que abone a la seguridad alimentaria de los niños en especial en los cultivos familiares, la pesca a pequeña escala y la ganadería.