Respalda PT a diputada que señala golpeteo político en Oaxaca
CIUDAD DE MÉXICO, 29 septiembre (Quadratín México).- La Cámara de Diputados aprobó por 248 votos a favor y 187 en contra el procedimiento para la elección de las directivas sindicales y número de sus miembros, salvaguardando el libre ejercicio del voto con las modalidades que acuerde la Asamblea.
La propuesta fue presentada por la diputada de Nueva Alianza, Lucila Garfias Gutiérrez, y que fue apoyada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM).
Al discutir el artículo 371 de la Ley Federal del Trabajo, la legisladora expuso que los estatutos de las organizaciones sindicales deben incluir entre las modalidades para designar a sus dirigentes la votación económica directa, votación indirecta o votación directa y secreta.
Garfias Gutiérrez señaló que se debe respetar la democracia y autonomía sindical, así como la libre decisión de los trabajadores de elegir a sus dirigentes.
También, advirtió que hay sectores que intentan debilitar a las organizaciones gremiales. “Si a la transparencia sindical, si a la autonomía y libertad sindical”, expresó.
A su vez, el diputado priista, Fernando Castro Trenti, indicó que se deben respetar los acuerdos que ha suscrito nuestro país con la
Organización Internacional del Trabajo.
Asimismo, dijo que se debe reconocer la capacidad de los mexicanos y su mayoría de edad para decidir quienes deben ser sus representantes. “No se les debe imponer criterios que limitan sus derechos”, subrayó.
Estableció que debemos respetar a los trabajadores y a sus organizaciones, pero también a los organismos internacionales. “No les impongamos criterios a los mexicanos”, aseveró.
En tanto que Arturo Escobar y Vega, coordinador del PVEM, comentó que “a nadie sorprende la postura de la izquierda de decirle no a todo, pero lo verdaderamente sorprendente es que el PAN intente engañar a la opinión pública a través de una supuesta reforma laboral”.
Explicó que para reformar el artículo 123, el Presidente de la República debió enviar una iniciativa de reforma constitucional y no lo hizo con la reforma preferente en materia laboral.
Lo que el PRI, PANAL y PVEM solicitaron es que exista transparencia, rendición de cuentas y elección de dirigentes sindicales, pero se debe respetar la decisión de los trabajadores de cómo elegir a sus representantes.
“Si Acción Nacional quiere que los sindicatos tengan la posibilidad de elegir a sus dirigentes desde el Congreso de la Unión se debió haber presentado una reforma constitucional”, indicó el coordinador del PVEM.
Por otra parte, la diputada de Acción Nacional, Esther Quintana Salinas, señaló que en los estatutos sindicales se debe incluir el método de elección de la directiva sindical, el voto secreto, libre, universal y directo.
Apuntó que se debe terminar con las presiones externas, con las amenazas y la coacción en contra de los trabajadores.
“El Presidente Electo, Enrique Peña Nieto, dijo que va por la transparencia y es el momento de mostrar la transparencia, ya basta de corrupción en las organizaciones sindicales, queremos un sindicalismo limpio”, expuso Quintana Salinas.
En tanto, Miguel Alonso Raya, vicecoordinador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) argumentó que es fundamental la democracia sindical.
Por otra parte, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó las modificaciones al artículo 48 de la LFT, donde el trabajador podrá solicitar ante la JCyA, a su elección, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario, a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago.
Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese sido la acción intentada, a que se le paguen los salarios vencidos computados desde la fecha del despido hasta por un período máximo de doce meses.
Si al término del plazo señalado, en el párrafo anterior no ha concluido el procedimiento o no se ha dado cumplimiento al laudo, se pagarán también al trabajador los intereses que se generen sobre el importe de quince meses de salario, a razón del dos por ciento mensual, capitalizable al momento del pago.
Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable para el pago de otro tipo de indemnizaciones o prestaciones.
Además, los legisladores también aprobaron las modificaciones al artículo 279 referente a los trabajadores del campo.
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