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CIUDAD DE MÉXICO, 10 de diciembre de 2019.- El Pleno del Senado de la República aprobó la minuta que propone modificar la denominación actual del Instituto de Administración de Bienes y Activos, antes, Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, por la de Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado y fue remitido al Ejecutivo federal para su decreto.
El proyecto de decreto fue avalado con un escaso quorum de 69 senadores, de los cuales 57 votaron a favor, siete en contra y cinco en abstención. Reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, y el Artículo Séptimo Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio.
Se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, de la Ley de Concursos Mercantiles, y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
La nueva denominación pretende que los servidores públicos encargados de la administración y gestión de los bienes de la Federación no pierdan de vista la misión y visión de este organismo, el cual tiene finalidades dirigidas al beneficio del Estado y, en consecuencia, de todas y todos los mexicanos.
En el segundo artículo transitorio se establece que todas las referencias que hagan mención al Instituto de Administración de Bienes y Activos en las leyes y demás normatividad vigente se entenderán realizadas al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado.
El Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado podrá administrar, enajenar, usar, usufructuar, monetizar, dar destino o destruir directamente los Bienes, activos o empresas que le sean transferidos o nombrar depositarios, liquidadores, interventores o administradores de los mismos, así como encomendar a terceros la enajenación y destrucción de éstos.