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Sin Félix, se reúnen aspirantes de Morena a gubernatura de Guerrero
CIUDAD DE MÉXICO, 30 de julio de 2020.- Con 56 votos a favor, 25 en contra y siete abstenciones, el Pleno del Senado de la República aprobó el dictamen que reforma diversos ordenamientos en materia de reglamentación secundaria de prisión preventiva oficiosa.
En la madrugada de este jueves 30, los senadores de la República avalaron el dictamen que adiciona el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, así como reformas y diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Entre el catálogo de delitos se incluyen: abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades.
Delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, que deben ser incorporadas al artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
De igual forma, se pretende agregar la posibilidad de sustituir la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa cuando exista voluntad de las partes, de celebrar un acuerdo reparatorio de cumplimiento inmediato siempre que se trate de alguno de los delitos en los que sea procedente dicha forma de solución alterna del procedimiento, aún y cuando dicha medida cautelar ya hubiese sido impuesta.