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CIUDAD DE MÉXICO, 19 de octubre de 2020.- El Pleno de la Cámara de Diputados avaló en lo general y particular en los artículos no reservados por 345 votos a favor, 49 en contra y tres abstenciones, el dictamen por el que se modifica la Ley Federal de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, que tiene como objetivo atender la emergencia sanitaria y la reactivación económica del país.
Lo anterior al discutirse en el Pleno camaral, el primer dictamen relativo al Paquete Económico y que corresponde a los documentos que integran la Ley de Ingresos, donde también se hizo modificaciones al decreto por el que se expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y reformas a diversas disposiciones de las Leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental.
Durante la argumentación del dictamen presentada por la presidenta de la Comisión de Hacienda, la diputada del PAN, Patricia Terrarzas, se advirtió que esta reforma no pretende en ningún sentido exceder los niveles de endeudamiento de las entidades federativas, sino dar herramientas para un manejo de las finanzas públicas locales, generar infraestructura y fortalecer la hacienda pública local.
“Se hace necesario incorporar a la Ley de Disciplina Financiera de las entidades federativas y los municipios, los elementos mínimos indispensables para sentar las bases de la actuación cuando exista una pandemia o emergencia sanitaria.
Por ello, el dictamen busca promover acciones que permitan atender a la población afectada por la emergencia, promover la reactivación económica y profundizar acciones que fortalezcan a las haciendas públicas locales”, detalló.
Entre las acciones que se avalaron para que los estados y municipios puedan enfrentar la emergencia sanitaria, se señaló que las entidades federativas y municipios podrán diferir pagos de la deuda del corto y largo plazo, por un periodo hasta de 12 meses apoyando su liquidez.
Asimismo, las transferencias federales etiquetadas del 2019, podrán devengarse y pagarse en diciembre de 2020 y las de 2020 podrán devengarse y pagarse en octubre de 2021, siempre que los recursos en ambos casos, hayan estado comprometidos en diciembre.
En cuanto a la emergencia sanitaria el dictamen indica que, en servicios personales presupuestados, los estados podrán acceder a ellos para atender la emergencia, de igual forma, en los recursos previstos para desastres naturales se incorpora la definición de emergencia o contingencia sanitaria.
En tanto, en los balances presupuestales negativos se incorpora la posibilidad de que los estados tengan éstos por emergencias sanitarias, es decir, podrán solicitar mayor endeudamiento a sus congresos locales, si es necesario.
También se incluye un capítulo denominado Previsiones Extraordinarias, en éste se incluye una medida de carácter excepcional, que tiene por objeto apoyar a los gobiernos estatales y municipales ante caídas abruptas del Producto Interno Bruto de más del cinco por ciento, para que los estados y municipios puedan reestructurar la deuda de corto plazo con ampliaciones en las fechas de liquidación de las obligaciones, así como establecer periodos de pago de capital iguales y consecutivas de la deuda.
Este documento también propone la incorporación de medidas para la reactivación económica como líneas de financiamiento globales, incluso municipal; disminución del requisito para municipios con población menor a 200 mil habitantes.
También exclusión de requisitos en proyectos en asistencia técnica para acceder a créditos con mejores condiciones financieras que la banca comercial; proyectos con alto impacto en ingresos que generen más a la hacienda pública local que puedan acceder a cadenas productivas y posibilidad de que la banca de desarrollo otorgue financiamiento de corto plazo.
Asimismo, se faculta a los congresos locales para autorizar de dos a tres años financiamiento entre otros; finalmente, dejaron en claro que estas algunas de estas medidas son únicamente temporales pues se aplicarán para atender las situaciones causadas por la pandemia, mientras que otras solo serán para casos de emergencias sanitarias y no implican partida extra de Presupuesto ni uso discrecional de recursos.
Posteriormente, y luego de la presentación de reservas por parte de algunos legisladores para modificar el dictamen y de los cuales no se aceptó ninguna modificación, el dictamen fue aprobado en lo particular por 303 votos a favor, 93 en contra y dos abstenciones, y pasó al Senado para su análisis y aprobación.
Con esto queda aprobado el primero de los cuatro documentos que conforman la primera parte del Paquete Económico la parte correspondiente a la Ley de Ingresos y que son: Disciplina Financiera, Ley Federal de Derechos, Miscelánea Fiscal y Ley de Ingresos.