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CIUDAD DE MÉXICO, 2 de septiembre de 2020.- En lo que fue la segunda sesión del actual periodo ordinario, el Pleno de la Cámara de Diputados avaló en votación económica el acuerdo de la Mesa Directiva por el que se establece el formato para la obtención de firmas en materia de Consulta Popular, luego de visto bueno por parte del Instituto Nacional Electoral (INE).
Tras un receso de una hora mientras esperaban la comunicación por parte de la autoridad electoral, en el Pleno camaral se dio lectura al acuerdo, donde en primer lugar se aprobó el formato para la obtención de firmas, cuyo contenido fue consultado con el INE, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Federal de Consulta Popular.
En segundo lugar, se estableció que la obtención de firmas estará en vigor a partir de la aprobación por el pleno de la Cámara de Diputados; finalmente se ordenó su publicación y anexo a la Gaceta Parlamentaria.
Con esta aprobación, la Cámara de Diputados ya podrá convocar a consulta popular cuando se solicite, utilizando el formato establecido por el Legislativo y con aprobación del INE.
De acuerdo al artículo 15 de la Ley Federal de Consulta Popular, el formato para la obtención de firmas lo determinan las Cámaras del Congreso de la Unión, previa consulta al INE, preservando que cumpla con los requisitos que señala esta Ley.
Según la ley, este formato debe contener por lo menos: El tema de trascendencia nacional planteado; la propuesta de pregunta; el número de folio de cada hoja; el nombre, firma, la clave de elector o el número identificador al reverso de la credencial de elector derivado del reconocimiento óptico de caracteres (OCR) de la credencial para votar con fotografía vigente, y la fecha de expedición.
De acuerdo al reglamento, si las firmas se presentaran en un formato diferente al entregado por las Cámaras, la propuesta de Consulta Popular no será admitida a trámite.