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CIUDAD DE MÉXICO, 10 de diciembre de 2019.- Las Comisiones Unidas de Gobernación y Población y la de Justicia en la Cámara de Diputados, avalaron por 38 votos a favor, 12 en contra y cuatro abstenciones, el dictamen por el que se expide la Ley de Amnistía que busca beneficiar a involucrados en casos de aborto, robo simple sin violencia y personas en situación de pobreza o extrema vulnerabilidad.
El dictamen, que se envió a la Mesa Directiva en San Lázaro para los trámites parlamentarios correspondientes y que se prevé se discuta en la sesión de este miércoles ante el pleno camaral, deja en claro que el beneficio de la amnistía se decretará solo a ciertos casos tipificados como delitos como el aborto en cualquiera de sus modalidades, previsto en el Código Penal Federal, cuando se impute a la madre del producto del embarazo interrumpido.
Así como a las y los médicos, cirujanos, comadronas o parteras, u otro personal autorizado de servicios de la salud, que hayan auxiliado en la interrupción, siempre que la conducta delictiva se haya llevado a cabo sin violencia y con el consentimiento de la madre del producto; y a los familiares de la madre que hayan auxiliado en la interrupción.
Asimismo, también se aplicará por los delitos contra la salud a que se refieren los artículos 194, fracciones I y II, 195, 195 Bis y 198 del Código Penal Federal, siempre que sean de competencia federal, en términos del artículo 474 de la Ley General de Salud.
Lo anterior, cuando quien los haya cometido esté en situación de pobreza, o de extrema vulnerabilidad por tener una discapacidad permanente, o cuando el delito se haya cometido con la indicación de su cónyuge, concubinario o concubina, pareja sentimental, pariente consanguíneo o con afinidad sin limitación de grado, o por temor fundado, así como quien haya sido obligado por grupos de la delincuencia organizada a cometer el delito.
También cuando quien pertenezca a un pueblo o comunidad indígena o afromexicana, y se encuentre en alguna de las hipótesis mencionadas en el párrafo anterior.
El documento también se refiere a las personas consumidoras que hayan poseído narcóticos en cantidades superiores hasta en dos tantos a la dosis máxima de consumo personal e inmediato, a que se refiere la Ley General de Salud, siempre que no haya sido con fines de distribución o venta.
De igual forma, se decretará amnistía por cualquier delito, a personas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas que durante su proceso no hayan accedido plenamente a la jurisdicción del Estado, por no haber sido garantizado el derecho a contar con intérpretes o defensores que tuvieran conocimiento de su lengua y cultura.
También podrá beneficiarse de esta ley, quienes cometan el delito de robo simple y sin violencia, siempre que no amerite pena privativa de la libertad de más de cuatro años.
Por el delito de sedición, o porque hayan invitado, instigado o incitado a la comisión de este delito formando parte de grupos impulsados bajo razones políticas con el propósito de alterar la vida institucional, siempre que no se trate de terrorismo, y que en los hechos no se haya producido la privación de la vida, lesiones graves a otra persona o empleado armas de fuego.
El documento establece que se decretará amnistía a las personas en contra de quienes se haya ejercitado acción penal, hubiesen sido procesadas o se les haya dictado sentencia firme, ante los tribunales del orden federal, toda vez que no sean reincidentes respecto del delito por el que están indiciadas o sentenciadas, por los delitos cometidos antes de la fecha de entrada en vigor de la presente Ley.
El documento aclara que, no se concederá el beneficio de la amnistía a quienes hayan cometido delitos contra la vida o la integridad corporal, ni a quienes cometieron el delito de secuestro, o cuando se hayan utilizado en la comisión del delito armas de fuego; tampoco a las personas indiciadas por los delitos a que se refiere el artículo 19 de la Constitución Política, o cometido otros delitos graves del orden federal.
El dictamen indica que el Ejecutivo Federal integrará una Comisión que coordinará los actos para dar cumplimiento y vigilar la aplicación de la ley; asimismo, las personas a quienes beneficie la ley no podrán ser detenidas en un futuro, ni procesadas por los mismos hechos.
Finalmente, las reservas de modificación presentadas por diputados del PAN, Movimiento Ciudadano, Encuentro Social y Morena, serán discutidas ante el Pleno.