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CIUDAD DE MÉXICO, 9 de mayo de 2019.- Con 97 votos a favor, 20 en contra y tres abstenciones, el Pleno del Senado de la República aprobó por segunda vez, en lo general y los artículos no reservados, el dictamen de Reforma Educativa.
El tablero electrónico registró la votación en contra de los senadores del PAN, con la ausencia en la fracción de Raúl Paz Alonzo, Nadia Navarro Acevedo, Roberto Juan Moya Clemente y Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, aunque esta última previamente sí había registrado asistencia en el Pleno. Y el senador sin partido, Emilio Álvarez Icaza.
Además, la abstención de las priistas Claudia Edith Anaya Mota y Vanessa Rubio Márquez, y la panista María Guadalupe Saldaña Cisneros, quien también se abstuvo en la dictaminación como integrante de la Comisión de Educación.
En sesión extraordinaria de este miércoles, la Cámara de Diputados aprobó modificaciones a la nueva Reforma Educativa que sustituye la del 2013, entre los que destacan: en el artículo 3 se añadió que en los planes y programas de estudio se incluya la enseñanza de las matemáticas, la lectoescritura, la literacidad y la educación sexual y reproductiva.
Que el Estado garantizará que los materiales didácticos, la infraestructura educativa, su mantenimiento y las condiciones del entorno sean idóneos.
En el artículo décimo primero transitorio se estableció que el Ejecutivo Federal, en un plazo no mayor a 180 días contados a partir de la entrada en vigor de la reforma, definirá una Estrategia Nacional de Mejora de las Escuelas Normales, la cual establecerá acciones para su fortalecimiento.
En el décimo cuarto transitorio se estipula que la Cámara de Diputados, en el Presupuesto de Egresos de la Federación que corresponda, aprobará los recursos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en la fracción V del artículo tercero constitucional.
La fracción antes citada refiere que el Estado apoyará la investigación e innovación científica, humanística y tecnológica, y garantizará el acceso abierto a la información que derive de ella, para lo cual deberá proveer recursos y estímulos suficientes.
En el artículo décimo sexto se estableció que la admisión, promoción y reconocimiento de los trabajadores al servicio de la educación, se regirán por la ley reglamentaria del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, prevaleciendo siempre la rectoría del Estado.
La modificación del artículo décimo quinto transitorio consiste en precisar que para dar cumplimiento al principio de obligatoriedad de la educación superior, se incluirán los recursos necesarios en los presupuestos federal, estatales y municipales.