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Interpol traslada a El Chato, objetivo prioritario del FBI, a CDMX
CIUDAD DE MÉXICO, 3 de diciembre de 2020.- Con 471 votos a favor y uno en contra, el Pleno de la Cámara de Diputados avaló reformas a la Ley de Migración con el objetivo de facilitar el retorno seguro, digno y ordenado a territorio nacional, así como la reintegración de los migrantes mexicanos y sus familias.
En sesión semipresencial, los legisladores avalaron el dictamen que enviaron al Senado, donde, de acuerdo a la propuesta de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Secretaría de Gobernación (Segob), se establece que se podrá fijar cuotas para la emisión de visas y la autorización de condiciones de estancia, siempre que éstas sean para que el solicitante pueda realizar actividades laborales con remuneración.
De acuerdo al documento, se señala que la Segob, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), definirá los requisitos, procedimientos, período de estancia, posibilidad de ingreso de familiares, permiso de trabajo o posibilidad de adquirirlo, para la obtención de la visa y la condición de estancias de visitante por acuerdo de movilidad.
Para ello, la Segob suscribirá acuerdos interinstitucionales, y en coordinación con la SRE participará en las negociaciones y en la aprobación de acuerdos internacionales en los que se prevea el otorgamiento de la visa y de la condición de estancia de visitante por acuerdo de movilidad.
En caso de que se prevea permiso de trabajo sin que se requiera oferta de empleo o la posibilidad de obtenerlo previa oferta de empleo, solicitará opinión a la STPS.
El dictamen indica que en los instrumentos internacionales se establecerá la posibilidad de ingresar con permiso de trabajo sin que se requiera oferta de empleo, sin permiso de trabajo o con la posibilidad de obtenerlo previa oferta de empleo; el periodo de estancia máximo no podrá exceder de cuatro años.
Asimismo, podrá establecer la posibilidad de ingresar con cónyuge, concubina o concubinario e hijos siempre y cuando sean niñas, niños o adolescentes que no hayan contraído matrimonio y que estén bajo su representación legal o que sean mayores de edad, pero se encuentren en estado de interdicción y bajo su representación legal.
Subraya que la autoridad migratoria que autorizó la expedición de la visa, cancelará la misma, siguiendo el procedimiento que para tal efecto se establezca en el Reglamento; también la cancelará cuando tenga en su poder pruebas fehacientes que demuestren que el titular de la visa ocultó o falseó los hechos declarados sobre los que basó su solicitud.
Señala que los extranjeros tienen derecho a que las autoridades migratorias les expidan la documentación que acredite su situación migratoria regular una vez cubiertos los requisitos establecidos en esta Ley.
La autoridad migratoria deberá asignar la Clave Única de Registro de Población y consignarla en el documento migratorio correspondiente; cuando esto no sea posible, el titular de la condición de estancia podrá obtener la Clave de manera posterior de acuerdo a los lineamientos que emita la Secretaría.
Al fundamentar el dictamen, el diputado Raúl Bonifaz dijo que con la reforma se revitalizará la normatividad migratoria para convertirla en un instrumento legal, eficiente, ordenado y consecuente con los derechos humanos, derechos humanitarios y garantías constitucionales de las personas e instituciones o de terceros antes y durante la causa de su migración, repatriación o estancia en territorio nacional.
Al respecto, la diputada de Movimiento Ciudadano, María Libier González, sostuvo que es importante la regulación migratoria y la atención de los migrantes de otros países y de quienes retornan a México, especialmente en el contexto de la contingencia sanitaria y económica que se vive en el mundo.
Por lo que resaltó la necesidad de implementar acciones específicas para garantizar el respeto a los derechos de los mexicanos que regresan al país, sin embargo, dijo que queda pendiente la asignación de recursos en la materia.