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CIUDAD DE MÉXICO, 9 de noviembre de 2018.- Ya se logró en un hecho inédito avanzar en garantizar los derechos de seguridad social de las parejas del mismo sexo. Ahora el PRD en el Senado de la República va por otorgar justicia laboral e igualdad a los trabajadores domésticos que habitan con sus patrones.
De acuerdo a cifras del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), en el país existen 2.3 millones de personas que se dedican al trabajo del hogar, entre las que están las que lo hacen de manera fija, es decir, que pernoctan en la vivienda donde realizan sus labores.
De estas, el 90 por ciento son mujeres que no cuentan con los mismos derechos laborales que otro trabajador formal.
Según el Conapred, «la mayor parte de las y los ciudadanos no considera al trabajo del hogar como una ocupación real, sino como parte de las actividades normales o naturales de las mujeres.
La legislación vigente permite que los empleados domésticos trabajar jornadas de hasta 12 horas sin derechos laborales, ni seguridad social, sin contrato, sin garantías de pensión y sin posibilidad de ahorro, entre otros.
Los preceptos que contiene la Ley Federal del Trabajo actual son del 28 de agosto de 1931, promulgados por el entonces Presidente Pascual Ortiz Rubio, en donde se establecían condiciones discriminatorias e injustas entre trabajadores domésticos y patrones.
Considera que dar hospedaje y comida a un trabajador doméstico equivale a la mitad de sus percepciones, con una jornada de trabajo de 12 horas diarias de lunes al mediodía del sábado.
Por ello, el Grupo Parlamentario del PRD en el Senado de la República impulsa reformas al artículo 333 y derogación de los artículos 334, 338 Y 339 de la Ley Federal del Trabajo, así como la fracción 11, recorriéndose la numeración de las fracciones del artículo 13 de la Ley del Seguro Social.
La bancada perredista considera que hay un desprecio por las trabajadoras y trabajadores del hogar, pues la legislación en materia de Seguridad Social considera que es voluntario el acceso de éstos al régimen del Seguro Social, y por ello quien los contrata no tiene obligación a inscribirlos, nulificando con ello su derecho a recibir atención médica, medicinas o atención al parto, entre otros.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) estima que solo el 10 por ciento de los trabajadores domésticos disfruta de protecciones laborales equivalentes a las que disfrutan otros de este oficio.