Busco a mis hijos con el dolor de respirar ante su ausencia: Ceci Flores
CIUDAD DE MÉXICO, 18 de junio de 2018.- Desde octubre de 2017, el detenido Erick Uriel Sandoval Rodríguez, presunto implicado en el caso Ayotzinapa, y su familia entregaron pruebas a la PGR que demostraban que él no es al que los autores materiales señalaron como El Güereque o La Rana.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) aseguró que la identidad de Erick Uriel Sandoval Rodríguez, acusado por la Procuraduría General de la República (PGR) de haber tomado parte en los hechos de desaparición de los normalistas y detenido por la Policía Federal, no se corresponde con la de los implicados que declararon ser su cómplice.
La CNDH proporcionó a la PGR datos concretos sobre la identidad y ubicación actual de quien ha sido nombrado como Édgar, verdadero presunto partícipe en la desaparición de los 43 normalistas, de acuerdo con las propias evidencias surgidas en la investigación oficial.
Como parte del seguimiento para determinar violaciones a derechos humanos en el caso Iguala, en el curso de estas actuaciones se pusieron en su conocimiento hechos emergentes que también entrañan violaciones a Derechos Humanos.
Indicó que el 12 de marzo pasado, en conferencia de prensa conjunta, la Procuraduría General de la República y la Policía Federal, informaron de la detención de una persona que de inmediato los medios de comunicación identificaron como Erick Uriel Sandoval Rodríguez, atribuyéndole el sobrenombre de La Rana, presunto partícipe de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.
El detenido presentó Queja ante la CNDH alegando que su detención se debió a una confusión y a un grave error. Aseguró no ser la persona a la que los acusados de la desaparición de los normalistas se refirieron en sus declaraciones.
La CNDH detectó que los acusados, en sus respectivas declaraciones, sólo refieren el apodo de su cómplice: La Rana o El Güereque y que no mencionan nombre alguno.
La CNDH hizo una revisión exhaustiva al expediente de averiguación previa, a los dos respectivos pliegos de consignación, a las órdenes de aprehensión y al auto de formal prisión dictados en contra del detenido y constató que en ninguno de esos documentos existe evidencia alguna que demuestre que La Rana o El Güereque es Erick Uriel Sandoval Rodríguez. Este nombre aparece por primera vez en el expediente, de la nada, en el primer pliego de consignación.
En ninguna actuación consta cómo se determinó el nombre de la persona a la que los perpetradores identificaron como La Rana o El Güereque.
Las características personales y señas particulares referidas por los acusados para identificar a El Güereque (edad, lunar en la cara, cicatriz en muñeca de mano izquierda, cicatriz o marca consecuente al uso de piercing en el trago de ambas orejas, tatuajes de figuras de una flama en ambos antebrazos y de una rana en el lado superior izquierdo de la espalda, entre otras), no corresponden con las de Erick Uriel Sandoval Rodríguez. Tanto el Juez de la causa como Visitadores Adjuntos de la CNDH, en sus respectivas diligencias, dieron fe e hicieron constar la inexistencia de los tatuajes en cuestión en el cuerpo de Erick Uriel Sandoval Rodríguez.
Ante la duda del Juez de que el detenido pudiera haberse borrado los tatuajes, la CNDH practicó examen médico pericial al detenido y determinó que no existe indicio alguno que indique que la persona haya modificado o eliminado algún tatuaje en su cuerpo.Durante sus investigaciones, a la CNDH se le hizo llegar información precisa sobre el nombre y la ubicación actual de la persona con la que fue confundido Erick Uriel Sandoval. Por mandato legal y para asegurar el éxito de las investigaciones oficiales sólo se revela el primer nombre: Édgar, real presunto partícipe de los hechos. Esta serie de datos fueron proporcionados por Erick Uriel Sandoval y su familia a la PGR desde el mes de octubre de 2017.
El nombre de Édgar referido es importante porque coincide con el que 2 de los sicarios proporcionaron al perito de la PGR al momento que éste elaboró el retrato hablado de La Rana o El Güereque. De hecho, en el propio retrato hablado aparece la inscripción del nombre Édgar, seguido de los dos sobrenombres mencionados, con el que los sicarios identificaron a quien aparece en el retrato hablado.
En sus investigaciones, la CNDH recabó diversa información y documentación relacionada con la persona que pudiera corresponder con la identidad de Édgar: acta de nacimiento, acta de matrimonio, CURP y fotografías, entre otra. De igual forma, realizó 13 entrevistas. Todos los testigos identificaron fotográficamente a Édgar. Lo ubicaron como amigo y parte del grupo que formaron los ahora coacusados partícipes en la desaparición de los normalistas (los que lo refirieron como La Rana o El Güereque, su cómplice: El Cepillo, El Pato, El Jona, El Duva, El Chavalucas y El Chereje).
Las referencias a los miembros de este grupo fueron que “andaban en malos pasos” y que “se dedicaban a actividades ilícitas”. En contraste, varios de los entrevistados refirieron a Erick Uriel Sandoval Rodríguez como profesor de Educación Física y como una persona de trabajo. La CNDH logró ubicar a una persona cercana a Édgar, quien constató dos cuestiones: una, que Édgar tiene el referido tatuaje de una figura de rana. Dos, que Édgar era parte del grupo de amigos de los ahora coacusados y desvinculó de ellos al profesor Erick Uriel. La CNDH también logró contactar a quien hizo el tatuaje a Édgar, incluso, reprodujo en una hoja la figura de rana que dibujó tatuada a El Güereque.
De la misma forma, la CNDH realizó una diligencia de inspección en la que ubicó y fijó fotográficamente la casa en la que habitó Édgar al día en que ocurrieron los hechos de desaparición de los estudiantes.
En concordancia con las evidencias reseñadas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos plateó a la PGR que, en el ámbito de su competencia, conforme a sus atribuciones y términos de Ley, actúe en consecuencia para que, por una parte, sea resuelta la situación de Erick Uriel Sandoval Rodríguez y, por la otra, proceda en el caso del presunto partícipe de los hechos Édgar (a) La Rana o El Güereque, una vez que pueda confirmar lo que esta CNDH ha expuesto, en atención a que, de acuerdo con lo que ha venido sosteniendo la propia Procuraduría General de la República, presuntamente, dicha persona intervino en los hechos de desaparición de los normalistas de Ayotzinapa, sucedidos el 26 y 27 de septiembre de 2014.
Desde el pasado 23 de mayo, este Organismo Nacional, hizo entrega a la PGR, de manera confidencial y reservada, una carpeta que contiene copia certificada de todas las evidencias obtenidas por la CNDH en este asunto en particular. Las constancias que se entregaron en el sigilo y en la secrecía que el caso amerita, de acuerdo incluso a la solicitud de Medidas Cautelares que paralelamente se planteó, incluyen datos personales que sólo le fueron transmitidos con fines de identificación para el ejercicio de sus funciones y de los que se pidió sean debidamente protegidos igual que los que puedan hacer identificables a las personas, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Es lamentable que habiendo puesto en conocimiento de la PGR el caso de Erick Uriel Sandoval Rodríguez y de haber solicitado dictara medidas cautelares para la salvaguarda del detenido, de sus familiares y de testigos, la instancia ministerial federal haya dado respuesta al planteamiento formulado hasta 15 días después y más lo es el sentido en el que lo hizo. En contravención a lo dispuesto en el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que obliga a todas las autoridades a proteger y a garantizar los derechos humanos y siendo desleales al principio de “buena fe” inherente a la Institución del Ministerio Público, agentes de la autoridad se negaron a emitir las medidas precautorias solicitadas, aduciendo irracionalmente que dichas medidas debían ser planteadas ante el Juez que sigue el caso del ilegalmente detenido Erick Uriel Sandoval Rodríguez. Es incomprensible también que la PGR haya guardado silencio respecto de la petición de implementar medidas cautelares a favor de 17 personas más que, evidentemente, no están sujetas a ningún tipo de procedimiento judicial y menos a disposición de órgano jurisdiccional alguno.
Más allá del despropósito de la PGR al señalar que el ilegalmente detenido Erick Uriel Sandoval Rodríguez “… estuvo en la aptitud de desvirtuar su identidad”, en lugar de decir: “… estuvo en la aptitud de confirmar su identidad y desvirtuar la acusación…”, debe destacarse que la Institución Ministerial Federal no objetó ninguna de las evidencias ni contradijo ninguno de los argumentos que en forma sintética aquí se han expuesto. Más aún, de la respuesta formal que dio a la CNDH, puede inferirse que implícitamente reconoce su desacierto en la detención de Erick Uriel Sandoval Rodríguez, pues únicamente desatinó a decir que el detenido “… estuvo en la aptitud de desvirtuar su identidad atendiendo al derecho de defensa que le asiste” y que “… del año 2015 a la fecha de la detención… no se recibió… Amparo o Recurso alguno mediante el cual se acreditara alguna excluyente de responsabilidad, o se ofreciera algún tipo de prueba en contrario.”. El reconocimiento de su error termina por completarse con la pretendida justificación de que “… se encuentra jurídica y materialmente imposibilitada a dar respuesta”, aduciendo que “… actualmente la persona… se encuentra sujeto a proceso en virtud de habérsele dictado en su contra auto de formal prisión. Por las razones anteriormente expuestas, resulta improcedente la referida petición… ya que la misma debe ser solicitada ante la autoridad judicial conducente.”.
En otras palabras, pese a las contundentes evidencias que la CNDH le hizo entrega, lo que la PGR está exigiendo al detenido es que sea él quien demuestre que no es la persona a la que se refirieron los autores de la desaparición de los normalistas como su cómplice. Injustificadamente, la PGR pretende trasladar la carga de la prueba al imputado. No obstante que la Procuraduría General de la República es la instancia que debiera proceder mediante los mecanismos legales correspondientes en esta situación, a la fecha no ha informado haber desencadenado acción alguna ante el Juzgador para corregir esta injusticia a pesar de que implícitamente pareciera reconocerla.
En lugar de proceder a realizar las diligencias pertinentes para remediar la irregularidad que ella misma produjo y que tiene a la persona equivocada en prisión, la autoridad ministerial federal hizo uso del tiempo que con prudencia esperó la CNDH para dar a conocer a la opinión pública este asunto -precisamente con la finalidad de no entorpecer las investigaciones oficiales- para buscar evidencias que hasta hoy día después de 3 años, 8 meses, 23 días, no han aparecido, para inculpar al detenido Erick Uriel Sandoval Rodríguez, lo cual, desde cualquier punto de vista, es inaceptable.
Ante las circunstancias descritas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que obliga a todas las autoridades a proteger y a garantizar los derechos humanos y para todos sus efectos, la CNDH puso en conocimiento de la Secretaría de Gobernación, como instancia del Gobierno de la República a cargo de las Políticas Públicas Federales en materia de Derechos Humanos, los pormenores de este asunto, dependencia que mostró receptividad y disposición para su debida atención, la cual se espera concluya en gestiones ante las instancias de Procuración de Justicia Federal sin menoscabo de la autonomía técnica que corresponde a la Instancia Ministerial Federal.
Las diligencias en este asunto no están agotadas. La CNDH continúa con sus actuaciones para determinar la existencia de otras presuntas violaciones a derechos fundamentales que serán contempladas en el pronunciamiento final del caso Iguala.
El caso de la detención equívoca de Erick Uriel Sandoval Rodríguez necesariamente tiene gran significado sobre el Derecho a la Verdad que corresponde a las víctimas de los trágicos hechos de la noche de Iguala y sobre su Derecho de Acceso a la Justicia. La CNDH declara que seguirá pugnando porque se aplique la Ley, en su caso, a los responsables de esos lamentables acontecimientos.
El documento amplio del Caso Iguala al que se hace referencia en este comunicado, puede consultarse AQUÍ.