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CIUDAD DE MÉXICO, 29 de marzo de 2018.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó a las autoridades del Gobierno de Jalisco implementar medidas cautelares para evitar la revictimización de los tres estudiantes de cine que permanecen desaparecidos desde el pasado 19 de marzo, mediante expresiones descalificadoras y estigmatizadoras; la de sus familiares y para que las autoridades que investigan el caso lo hagan con total respeto a los derechos humanos y sin mediatizarlo.
Pidió, añadió en un comunicado, al secretario general de Gobierno y al fiscal general de Jalisco, Roberto López y Raúl Sánchez, respectivamente, el otorgamiento de dichas medidas, sin prejuzgar sobre la veracidad de los hechos y con el fin de evitar la consumación irreparable de violación a los derechos humanos o la producción de daños de difícil reparación.
Consideró que las autoridades estatales deben realizar indagatorias profesionales e imparciales, con perspectiva de derechos humanos y sin omitir línea alguna de investigación, que permitan conocer el paradero de esos estudiantes, y además deberán brindar trato sensible, cálido y respetuoso a madres, padres y allegados de los jóvenes desaparecidos.
Reconoció que en este caso se presentan los elementos de gravedad, urgencia y daño irreparable, al posibilitar se vulneren los derechos fundamentales de las personas desaparecidas, se agravie a sus familiares, que deben sumar tales expresiones al dolor que padecen por desconocer el destino de sus seres queridos, por lo que se deben salvaguardar los derechos fundamentales de los jóvenes estudiantes de cine y de sus familiares.
Las solicitudes de medidas cautelares, firmadas por el primer visitador general, Ismael Eslava, tienen su fundamento en los artículos 15, fracciones IV y XII, 24, fracción V, y 40, de la Ley de la CNDH, así como 116, 117 y 118 de su Reglamento Interno, que prevén la facultad del Organismo Nacional para requerir a las instancias correspondientes para que, en el ámbito de sus atribuciones, adopten medidas cautelares con el objeto de proteger la integridad personal e incluso la vida de las personas, sin prejuzgar sobre el fondo del asunto.
Tales medidas deberán implementarse durante el tiempo que se requiera, y deberán formular su respuesta al requerimiento de la CNDH de inmediato, a partir de la notificación o conocimiento por cualquier medio de la mencionada solicitud.