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CIUDAD DE MÉXICO, 8 de septiembre de 2024.- Tras siete horas de posicionamientos, análisis y debate, las comisiones unidas de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales aprobaron, en lo general, el dictamen de la reforma constitucional al Poder Judicial, por lo que avanza para su discusión y votación en el Pleno del Senado de la República.
Ambas comisiones que presiden las morenistas Citlalli Hernández Mora y Ernestina Godoy Ramos avalaron con 25 votos en favor del bloque oficialista de Morena-PVEM-PT y 12 en contra de la oposición PAN-PRI-MC. Para continuar con la discusión en lo particular, se presentaron 70 reservas a los artículos del dictamen.
De acuerdo al dictamen, se establece un proceso de elección por voto popular para magistrada o magistrado de Circuito, jueza o juez de Distrito, así como ministra o ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el cual se llevará a cabo con la actuación del Instituto Nacional Electoral (INE). Se reduce la integración a nueve ministras y ministros, con una duración en su encargo de 12 años.
Se señala un plazo máximo de seis meses para que las autoridades competentes dicten sentencias. En caso de no cumplir con ese plazo, debe dar aviso al Tribunal de Disciplina Judicial y justificar las razones cuando no se dicte sentencia en los plazos establecidos o, en su caso, dar vista al Órgano Interno de Control tratándose de tribunales administrativos.
Para ser electo magistrada o magistrado de Circuito, jueza o juez de Distrito y magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, se determinan los mecanismos para la designación en caso de defunción, renuncia o ausencia definitiva de alguno de sus integrantes.
La administración y control interno en el Tribunal Electoral corresponderá al Órgano de Administración Judicial y los temas relativos a la disciplina de su personal al Tribunal de Disciplina Judicial, al cual también le compete conocer de los conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores y los que se susciten entre la SCJN y sus empleados.
Faculta al Tribunal de Disciplina Judicial para conocer, investigar, substanciar y, en su caso, sancionar a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación que incurran en actos u omisiones contrarias a la ley, al interés público o a la adecuada administración de justicia.