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CIUDAD DE MÉXICO, 5 de agosto de 2016.- Al desahogar las pruebas durante el proceso, la Procuraduría General de Justicia (PGJ) capitalina logró que el Juez 58 Penal, con sede en el Reclusorio Preventivo Oriente impusiera sentencia sumatoria de 26 años y tres meses de prisión contra dos personas, que se acogieron a Ley de Protección de Datos Personales, como responsables del delito de trata de personas, que operaban en un inmueble encubierto como negocio de masajes donde explotaban a mujeres para el ejercicio de la prostitución.
La PGJ informó que el juzgador determinó, en la partida 169/2013, que el primero debe purgar una condena de 15 años de prisión y pagar 64 mil 730 pesos, mientras el segundo pasará once años con tres meses en la cárcel y cubrirá 48 mil 570 pesos de multa.
La Procuraduría demostró que el 24 de julio de 2013, elementos de la Policía Federal realizaron un operativo en un inmueble ubicado en calle Tepeji, colonia Roma, delegación Cuauhtémoc, derivado de una denuncia ciudadana que advertía que en ese lugar se ejercía el sexoservicio.
Durante la acción policiaca rescataron a cuatro mujeres que fueron contratadas como masajistas, pero que eran obligadas a prostituirse bajo la administración de los procesados, capturados en flagrancia.
También, se determinó que los imputados llevaban, en una libreta, el control de las actividades que realizaban las víctimas, así como el tiempo que, de acuerdo a sus normas, debían permanecer con los clientes y el cobro a los mismos.
El proceso se inició previo a la plena entrada en vigor del Sistema Procesal Penal Acusatorio (SPPA), por lo que se desarrolló con el sistema tradicional o mixto.