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CIUDAD DE MÉXICO., 17 de abril de 2020.- La Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la Jefatura de Gobierno publicó dos resoluciones, una por la que se condonó el pago total de los derechos por el suministro de agua, correspondientes a los ejercicios fiscales de 2015 a 2020, y los recargos y sanciones a los contribuyentes con inmuebles en 71 colonias de Iztapalapa; y otra por la que se otorgó un subsidio fiscal del 50 por ciento en el pago de las tarifas de conexión, reconstrucción o reducción o cambio de lugar de tomas domiciliarias de agua potable y agua residual tratada.
La condonación total por el pago de los Derechos por el Suministro de Agua, de uso doméstico, no doméstico, simultáneamente (mixto), y a los mercados y concentraciones públicas, es a los usuarios con inmuebles ubicados en las siguientes colonias en Iztapalapa:
Para aplicar la condonación establecida, el Sistema de Aguas (SACMEX), previa verificación que realice, efectuará los descargos en los registros fiscales respectivos, sin necesidad de que medie petición del usuario del servicio.
Esta resolución no será aplicable a los usuarios no domésticos, ni a las dependencias, entidades, órganos político administrativos y órganos autónomos de la administración pública, según corresponda, federal, estatal o de la Ciudad de México.
No procederán dichos beneficios cuando los contribuyentes cuenten con denuncias o querellas presentadas por la autoridad fiscal. Los beneficios no otorgan a los contribuyentes el derecho a devolución o compensación alguna. Aplicarán a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2020.
Otorgación de subsidio fiscal del 50 por ciento en el pago de las tarifas que correspondan por los siguientes derechos:
Será necesario que los servicios se presten en inmuebles clasificados con uso doméstico, no doméstico, simultáneamente (mixto), situados en manzanas de tipo popular o baja, en términos del Código Fiscal de la Ciudad de México
No podrá aplicarse el beneficio, respecto a los inmuebles situados en manzanas cuyos índices de desarrollo sean medio o alto; ni a las Dependencias, Entidades, Órganos Político Administrativos y Órganos Autónomos de la Administración Pública, ya sean federales, estatales o de la Ciudad de México.
No procederán los beneficios contemplados en la presente Resolución cuando el contribuyente cuente con denuncias o querellas presentadas por la autoridad fiscal; y el beneficio que se confiere no otorga a los contribuyentes el derecho a devolución o compensación alguna.
Esta resolución entrará en vigor mañana, sábado 18 de abril y surtirá sus efectos hasta el 31 de diciembre de 2020.