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CIUDAD DE MÉXICO, 8 de diciembre de 2020.- El Pleno de la Cámara de Diputados avaló el dictamen a la minuta que regula el teletrabajo y establece una nueva definición de trabajo a domicilio, entendido como el que se ejecuta habitualmente para un patrón, en el domicilio del trabajador o un local libremente elegido por él, sin vigilancia ni dirección inmediata de quien proporciona el empleo.
El documento, aprobado por unanimidad en lo general y particular con 440 votos a favor y enviado al Senado para su análisis y ratificación, reforma la Ley Federal de Trabajo en busca dar certeza legal a esta modalidad de trabajo que, señalaron los legisladores, será de utilidad para las presentes y futuras generaciones.
Al fundamentar el dictamen ante el Pleno camaral, el presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social en San Lázaro, el diputado de Encuentro Social, Manuel Baldenebro, señaló que, entre otros elementos, las reformas aprobadas contemplan obligaciones especiales para el empleador, como proporcionar los medios y herramientas tecnológicas al empleado a fin de que pueda realizar sus labores en modalidad de teletrabajo.
Asimismo, señaló que los patrones también tendrán que asumir gastos que se deriven de la jornada laboral, respecto al derecho de desconexión, mecanismos de capacitación y asesoría para uso adecuado de tecnologías de la información y comunicación, mientras que el trabajador también tendrá como obligaciones especiales, el resguardo y conservación de los insumos que se le proporcionen para desarrollar sus labores.
Señaló que se respetarán los datos personales, el derecho a la privacidad del empleado, y su derecho a desconectarse, lo anterior para no recibir llamadas de sus superiores a horas distintas al horario laboral.
“La desconexión digital, el derecho de la personal teletrabajadora a su privacidad posterior a la conclusión del horario de la jornada laboral. Asimismo, garantizar en el periodo vacacional, días de descanso obligatorio, estado de gravidez, incapacidad, para no contestar llamadas telefónicas a la hora que quieran o a la hora que se les antoje a algunos patrones y desconectarse de internet y cualquier medio tecnológico de comunicación”, aseveró.
De igual forma, sostuvo que la Secretaría del Trabajo deberá emitir normas sobre el uso de micrófonos y cámaras en la modalidad de teletrabajo, así como en materia de condiciones especiales de salud y seguridad.
Detalló que, de acuerdo al proyecto, se refiere que las labores realizadas en proporción del 40 por ciento o más fuera del centro de trabajo, se considerará teletrabajo; asimismo, que las condiciones generales deberán estar establecidas legalmente, para que no haya exclusión ni incumplimiento de derechos de ley.
Se prevé que el teletrabajo esté contemplado en el contrato colectivo; aunado a que los trabajadores en esa modalidad podrán ejercer sus derechos a asociarse y participar en sindicatos.
De acuerdo al documento avalado, el teletrabajo es una estrategia integral para hacer frente a los problemas medioambientales, de congestión urbana, y para promover oportunidades de trabajo más incluyentes.
De acuerdo a datos de la CEPAL, entre el primer y segundo trimestre de 2020, el tráfico de sitios web y usos de aplicaciones relacionadas con el teletrabajo en el mundo, aumentó 324 por ciento, lo que también impactó en México, ya que según datos de la Facultad de Psicología de la UNAM el 70 por ciento de la actividad productiva se realiza por teletrabajo.