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CIUDAD DE MEXICO, 14 de noviembre (Quadratín México).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la declaración de validez de la elección de gobernador del estado de Jalisco y la entrega de la constancia de mayoría a favor del priista, Jorge Aristóteles Sandoval Díaz.
En su sesión de este día resolvió que la impugnación promovida por el Movimiento Ciudadano (MC), -que quedó en segundo lugar, según la sentencia aprobada-, no controvirtió las razones que sustentan el fallo del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco (Triejal).
Consideró infundado el señalamiento de que el tribunal local no se pronunció sobre el rebase de topes de campaña, al señalar que “sí analizó las supuestas violaciones”, y MC no tenía pruebas del monto de las erogaciones pagadas por la coalición Compromiso por México (PRI-PVEM).
El ponente del caso, el magistrado Alejandro Luna Ramos explicó que lo que impugnó Movimiento Ciudadano no fue la validez de la elección de gobernador de Jalisco, sino la resolución del juicio de inconformidad.
Indicó que para que la Sala Superior pudiera estudiar si hubo inequidad en el proceso electoral, era indispensable que el partido combatiera eficazmente los motivos que respaldan la resolución impugnada y que aportara las pruebas necesarias.
“Movimiento Ciudadano se limitó a solicitar que se declarara la nulidad de la elección, porque desde su perspectiva el hecho de no haber recibido financiamiento público y contender con los partidos políticos que sí lo recibieron, afectó el principio de equidad”, dijo.
Sobre la supuesta difusión de “propaganda denostativa”, la sala superior indicó que el Triejal consideró que el contenido del material probatorio no era suficiente para acreditar los hechos denunciados, pues las notas analizadas no representaban la opinión de la coalición, por lo que no se acreditó la supuesta campaña de desprestigio.
Por otra parte, al resolver un juicio sobre los derechos político-electorales de ciudadanos inconformes, el TEPJF instruyó al Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca a realizar las acciones necesarias para llevar a cabo la elección, por el método de usos y costumbres, en el municipio de San Felipe Zihualtepec, San Juan Cotzocón Mixe.
En el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Manuel González Oropeza, y que fue aprobado por unanimidad, se precisa que el administrador municipal de San Juan Cotzocón Mixe debe coadyuvar con el Instituto para realizar dicha elección.
González Oropeza dijo que no realizar elecciones con el argumento de no hay condiciones propicias para llevarlas a cabo, es un pretexto injustificado y atentatorio del sistema republicano de gobierno, y lo mismo vale tratándose de una agencia municipal modesta o de un país.
Finalmente, la Sala Superior desechó la denuncia presentada contra Alejandra Barrales Magdaleno, entonces precandidata del PRD a la jefatura de Gobierno del Distrito Federal, por la presunta promoción personalizada de su imagen, a través de la contratación de una entrevista en una revista en su edición diciembre 2011-enero 2012.