Mujeres en lucha contra la violencia
CIUDAD DE MÉXICO., 6 de agosto de 2023.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 115VG/2023 al acreditar violaciones graves a los derechos humanos de un detenido en el operativo de seguridad denominado México-Tijuana, en 2007.
La recomendación está dirigida a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).
Se acreditaron actos de tortura cometidos en contra de una persona que fue detenida en Tijuana, Baja California EN enero de 2007, por elementos de la extinta Policía Federal (PF) y por agentes de la desaparecida Agencia Federal de Investigación (AFI), en el marco del operativo México-Tijuana.
En el escrito de queja remitido a la CNDH el 4 de febrero de 2021, así como en el acta circunstanciada elaborada en el CEFERESO donde se encuentra la víctima, se señaló que el 20 de enero de 2007 fue detenido en Tijuana, Baja California, por elementos de la entonces PF, quienes lo esposaron, lo metieron a una casa y lo tiraron al piso, fue golpeado en la cabeza y pateado en las costillas, acostado boca abajo y con una toalla en la cara fue asfixiado con agua.
La víctima detalló que sus captores le provocaron vómito con sangrado, por lo que fue ingresado a un hospital para ser intervenido quirúrgicamente y retirarle los coágulos de la zona abdominal, y que posteriormente, fue sacado de ahí por elementos de la AFI, para ser puesto a disposición de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO), donde fue golpeado en el lugar de la herida hecha por la cirugía, y que fue amenazado y obligado a firmar documentos que le presentaron.
Se advirtió concordancia y coherencia entre las narraciones de hechos que hIZO la víctima, con el Dictamen de Integridad Física y el Dictamen Médico emitidos por autoridades competentes los días 21 y 22 de enero de 2007, y con los informes de la SSPC, entre ellos el de Mecánica de Lesiones, emitido el 18 de septiembre de 2008.
También como prueba se encuentra un reporte de Estudio Psicológico basado en el Protocolo de Estambul, que le fue practicado el 22 de octubre de 2008, y que fue elaborado por la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro a solicitud de un Juez de Distrito.
Se observó que la víctima presentó traumatismos similares a los referidos en el Manual para la Investigación y Documentación Eficaz de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que fueron producto de los golpes que le infligieron sus captores, y confirmó que, desde los primeros dictámenes de integridad física se detectaron los rastros de la violencia sufrida, en tanto que las autoridades señaladas como responsables, no explicaron razonablemente las lesiones que presentó la víctima en su puesta a disposición, ni las afectaciones psicológicas advertidas.
Por estos hechos, la CNDH solicitó a la SSPC y a la Fiscalía General de la República (FGR), la coordinación necesaria con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), para que se proceda a la inmediata reparación del daño ocasionado, se otorguen a la víctima la atención médica y psicológica necesarias por parte de personal especializado y de forma continua, atendiendo a sus necesidades y deberán proveerle de los medicamentos convenientes para su atención.
La CNDH le solicita tanto a la SSPC como a la FGR, que colaboren ampliamente en el seguimiento de la Carpeta de Investigación iniciada por los actos de tortura cometidos, a fin de que se concluya la investigación y se determine conforme a derecho, la responsabilidad de los elementos de la PF y de los Agentes de la AFI señalados como responsables, y se clarifique, además, la posible participación de otras personas servidoras públicas en los hechos.