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CIUDAD DE MÉXICO. 28 de febrero de 2022.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) lanzó un llamado a los siete alcaldes de Morena en la ciudad de México para que cumplan con su obligación de conducirse con imparcialidad y abstenerse de manifestar su apoyo al Presidente en el proceso de revocación de mandato.
En un comunicado, la Comisión consideró necesario emitir un nuevo llamado que tiene como destinatarios a las personas servidoras públicas de todos los ámbitos y niveles de gobierno, para que se sujeten a cumplir con su obligación de conducirse con imparcialidad y neutralidad a fin de no influir en la opinión ciudadana en torno a la Revocación de Mandato en proceso y especialmente.
El llamado se dirigió en particular a la alcaldesa de Iztapalapa, Clara Brugada; Judith Venegas, alcaldesa de Milpa Alta; Araceli Berenice Hernández, alcaldesa de Tláhuac; Evelyn Parra, alcaldesa de Venustiano Carranza; Raúl Armando Quintero, alcalde de Iztacalco; Francisco Chíguil, alcalde de Gustavo A. Madero; José Carlos Acosta, alcalde de Xochimilco.
Las medidas cautelares se dieron como repuesta al recurso presentado por el Partido Acción Nacional (PAN) que denunció la difusión de presunta propaganda gubernamental en periodo prohibido, aparentemente pagada con recursos públicos, por el desplegado denominado ALCALDES Y ALCALDESAS DE LA 4TA TRANSFORMACION, MANIFESTAMOS, firmado por los siete alcaldes de la Ciudad de México y difundido, en algunos casos, en sus respectivas cuentas de Twitter, solicitando su retiro y, en tutela preventiva, vincular a las personas responsables a dejar de realizar conductas que puedan afectar la equidad del proceso en la Revocación de Mandato.
En el caso de la publicación en la cuenta de Twitter de la alcaldesa de Iztapalapa, Clara Brugada Molina, la Comisión consideró improcedente la medida cautelar al tratarse de actos consumados, ya que el material motivo de la queja fue eliminado.
La Comisión declaró procedente la medida cautelar en contra de los alcaldes Francisco Chíguil Figueroa, de Gustavo A. Madero y Raúl Armando Quintero Martínez, de Iztacalco, al considerar, de manera preliminar, que se trata de promoción personalizada al destacar la imagen y nombre del Presidente de la República, con lo que, posiblemente, vulnera el principio de neutralidad de los servidores públicos denunciados en el marco del ejercicio de participación ciudadana al estar aún visibles en sus cuentas de Twitter, con lo que se incumple el especial de deber de cuidado que, con motivo de sus funciones, debe ser observado por cada persona del servicio público.
Por lo anterior, se ordenó a Raúl Armando Quintero Martínez y Francisco Chíguil Figueroa, alcaldes de la Ciudad de México que, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, realicen las acciones, trámites y gestiones necesarias para eliminar las publicaciones de sus cuentas de Twitter, así como de cualquier otra plataforma electrónica o impresa bajo su dominio, control o administración.
En cuanto a la tutela preventiva, se determinó improcedente la solicitud, al tratarse de hechos futuros de realización incierta, además de que no se tienen elementos ciertos que permitan concluir que se repetirán en el futuro.