Afecta banco de niebla operaciones en AICM
CIUDAD DE MÉXICO, 29 de mayo de 2023.- Como resultado del análisis de las impugnaciones formuladas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), en contra de diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, publicadas el 8 de diciembre de 2020, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalidó el artículo 17-F, tercer párrafo, de dicho ordenamiento, en la porción que establecía “así como el de la verificación de identidad de los usuarios”.
El artículo prevé, entre otros aspectos, que los particulares que determinen el uso de la firma electrónica avanzada como medio de autenticación o firmado de documentos digitales, podrán solicitar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) que preste el servicio de verificación y autenticación de los certificados de firmas electrónicas avanzadas y en la porción invalidada contemplaba “la verificación de identidad de los usuarios”.
El Pleno consideró que el precepto vulneraba el derecho de autodeterminación informativa, relativo al uso de los datos personales –inclusive datos biométricos–, pues facultaba al SAT dar a conocer a terceros –autoridades y particulares– información personal que permita la verificación de la identidad de los usuarios de la firma electrónica avanzada.
Ello, sin mediar consentimiento de los titulares de esa información, ni condicionar su uso a la realización de fines legales legítimos, en detrimento de los derechos humanos a la intimidad, privacidad y protección de datos personales.