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CIUDAD DE MÉXICO, 24 de abril (Quadratín México).- Este miércoles el Gobierno Federal dio a conocer la creación de un “certificación de nacimiento”, documento que será diseñado por la Secretaría de Salud (SSA) y requerido para tramitar las actas de nacimiento ante el Registro Civil.
La reforma a la Ley General de Salud, publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación, fue avalada por el Congreso de la Unión desde el pasado 12 de marzo y señala que el certificado de nacimiento se expedirá para cada persona nacida con vida “una vez comprobado el hecho”.
La reforma a los artículos 389 Bis, 389 Bis 1 y 392 de la citada ley establece que el nuevo documento será expedido por profesionales de la medicina o personas autorizadas para ello por la autoridad sanitaria competente.
Dicho certificado será requerido por las autoridades del Registro Civil a quienes pretendan declarar el nacimiento de una persona, con las excepciones que establezcan las disposiciones generales aplicables.
Los gobiernos de las entidades federativas y los Servicios Estatales de Salud llevarán a cabo las acciones necesarias para la implementación de los certificados.
De acuerdo con el primer artículo transitorio, el decreto entrará en vigor mañana, pero el Ejecutivo federal contará con un plazo de 90 días hábiles para establecer el reglamento correspondiente a la expedición de los certificados de nacimiento.
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