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CIUDAD DE MÉXICO, 11 de julio de 2020.- Las comisiones unidas de Administración y Procuración de Justicia y la de Igualdad de Género del Congreso capitalino aprobaron el dictamen en materia de tipificación a los contratos, tratamientos, terapias, servicios, tareas o actividades que pretendan corregir la orientación sexual e identidad o expresión de género y que atenten contra la libre autodeterminación de las personas en la Ciudad de México, llamadas terapias de conversión.
Con las observaciones y propuestas de diputadas y diputados también se estableció que a quien imparta u obligue a otro a recibir una terapia de conversión se le impondrán de dos a cinco años de prisión y de 50 a 100 horas de trabajo en favor de la comunidad. Incluso este delito se perseguirá por querella.
Si la terapia de conversión se hiciere en un menor de 18 años de edad o persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o persona que no tenga la capacidad de resistir la conducta, la pena se aumentará en una mitad y se perseguirá por oficio.
El diputado Temístocles Villanueva Ramos, presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso local, fue quien impulsó la iniciativa de reformas, en septiembre del año 2018 y que hoy aprobaron las comisiones unidas.
En la sesión remota de este viernes, el presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, diputado Eduardo Santillán Pérez, explicó que un derecho humano es el derecho sexual y reproductivo, y dentro de éstos se encuentra determinar libremente la orientación sexual e identidad de género. “Es un tema de los más complejos que ha requerido de un análisis profundo para garantizar en el Código Penal que no se atente contra el libre desarrollo de las personas”.
“Es un derecho humano fundamental que busca que las personas puedan desarrollar libremente su personalidad, y a partir de ello las personas puedan alcanzar su desarrollo personal, emocional, social; por eso es que consideramos que como ha quedado definido en múltiples instrumentos internacionales, la preferencia de género y la identidad sexual es un derecho fundamental. Se ha considerado en el dictamen que se debe proteger el derecho humano fundamental, para ello y se ha establecido la modificación al Código Penal que sanciona lo que se ha denominado terapias de conversión”, dijo.
Por lo tanto, agregó, una persona no puede ser obligada, bajo ninguna circunstancia, para alterar o modificar la expresión o identidad de género.
Por ello se modificó el Artículo 190 Quarter, correspondiente al Capítulo de Delitos Contra el Libre Desarrollo de la Personalidad y la Identidad Sexual, en donde se especifica que se entiende por terapias de conversión, aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tenga por objeto anular, obstaculizar, modificar o menoscabar la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona, en las que se emplee violencia física, moral o psicoemocional, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana.
“Hay que resaltar que hoy el Congreso de la Ciudad de México debe sentirse orgulloso de este instrumento normativo, ya que nos pone a la vanguardia en nuestro país como la primera legislación que establece la regulación sobre este importante tema. Este instrumento será referente en el Congreso de la Unión, así como en las Legislaturas de los estados. Con esto, la Ciudad de México se pone a la vanguardia en América Latina y sin lugar a dudas seremos un referente internacional”, resaltó.
En tanto, la presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, Paula Soto Maldonado, celebró la participación de diputadas y diputados en la elaboración del dictamen, “hubo interés para atender un tema urgente como son las llamadas terapias de conversión, que no son más que un delito disfrazado y normalizado por una sociedad intolerante, es un delito del que son víctimas tanto mujeres como hombres”.
Recordó que según el informe de la Convención Sobre todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), en el año 2018, las mujeres lesbianas y bisexuales son objeto de amenazas constantes de someterlas a llamados métodos de curación, que conllevan a un sinnúmero de violaciones a sus derechos humanos.
Terapias de conversión no han logrado ser sancionadas en ninguna entidad
Durante la reunión de trabajo, el diputado Temístocles Villanueva Ramos, presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso local, y promotor de la iniciativa aseguró que la aprobación de este dictamen es un avance importante, porque fue una exigencia de la comunidad LGBTTTI.
“Las terapias de conversión no han logrado ser sancionadas en ninguna otra entidad de la República, la Ciudad de México se puede poner a la vanguardia. Ciertamente ha sido un tema complicado para dictaminar, para encontrar el tipo penal adecuado, que la redacción empate con nuestras leyes, con el Código Penal y la Ley de Salud local”.
Indicó, en su participación, que avanzar en el tema de las terapias de conversión permite que el debate se clarifique, “que se entienda por qué tenemos que evitar restringir los derechos a las personas en razón de su género”.
Más adelante, diputadas y diputados hicieron un posicionamiento con relación al dictamen presentado y aprobado. La diputada Teresa Ramos, del grupo parlamentario del PVEM, advirtió que no se puede llamar terapias (en alusión a las terapias de conversión) a aquello que atenta contra dignidad.