Ejecutan 3 órdenes de aprehensión por caso de Diana Sánchez Barrios
CIUDAD DE MÉXICO, 10 de agosto de 2016.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución INE/CG507/2016 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) por medio de la cual declaró infundada la queja presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) contra la conductora de televisión Laura Cecilia Bozzo, por presuntamente inmiscuirse en asuntos políticos del país al realizar expresiones y señalamientos en medios de comunicación social en su calidad de extranjera.
De acuerdo con un comunicado, al resolver el expediente SUP-RAP-309/2016, los magistrados consideraron infundados los agravios presentados por el PRD porque las expresiones de la denunciada se encuentran en el marco de la libertad de expresión, ya que se trata de una crítica, aguda severa y rígida en un contexto específico hacia diversos funcionarios, lo cual no representa una intromisión en la política porque no reúne los elementos sustanciales de dicha figura.
En la sentencia, se estableció que del análisis de la resolución reclamada se advirtió que la autoridad responsable sí motivó y fundó su determinación de que lo declarado por Bozzo no representa un acto antijurídico ni mucho menos se advierte que traspasara los límites constitucionales y convencionales.
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