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CIUDAD DE MÉXICO (Quadratín México).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) presentó un proyecto de sentencia en el que desechó los argumentos presentados por la coalición Movimiento Progresista para anular la elección del pasado 1 de julio.
En medio de manifestaciones y el edificio del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) convertido en búnker, sesionaron a partir de las 17 horas los magistrados y uno a uno fue desechando los argumentos que presentó el Movimiento Progresista, cuyo candidato a la Presidencia de la República fue Andrés Manuel López Obrador.
Los magistrados Constancio Carrasco Daza, Flavio Galván Rivera y Salvador Olimpo Nava presentaron el proyecto de sentencia sobre la petición del PRD, PT y Movimiento Ciudadano para retirar el registro al candidato Enrique Peña Nieto, declara la invalidez y llamar a nuevas elecciones.
Los elevados gastos que rebasaron los topes de campaña, los excesivos gastos en encuestas, caso Monex, las reuniones entre gobernadores que en voz de AMLO se comprometieron a dar cuotas para los comicios; en cuanto a la coacción y compra de votos en Chihuahua y en otras partes de la República, así como la presión policiaca en tres estados, entre todas las propuestas y manejo de propaganda y despensas en Veracruz, fueron desechadas, pues no se demuestra que estos casos tuvieron efectos directos en los resultados de la votación.
En lo general, el proyecto resolutivo leído por los magistrados señalan que la documentación presentada por el Movimiento Progresista no acredita la veracidad de sus hechos, pues las pruebas son insuficientes o no fueron entregados elementos suficientes para concluir las distintas acusaciones.
Entre los nueve puntos en que se desglosó el proyecto, los magistrados consideraron que no existen elementos suficientes para sustentar la acusación sobre el uso indebido de encuestas, así como lo relacionado con la compra y coacción del voto a través de diversas tarjetas bancarias y monederos electrónicos, entre otros.
Asimismo, señaló que aún existen investigaciones abiertas en el IFE relacionadas con la fiscalización de recursos que utilizó la Coalición Compromiso, por lo que al no haber sido concluidas ni haber presentado argumentos pruebas suficientes.
En relación con el uso indebido de justicia, la Comisión consideró que con los elementos aportados por los partidos de izquierda, resultan insuficientes para suponer que las encuestas fueron sesgadas o manipuladas en favor del candidato priista, Enrique Peña Nieto.
Asimismo señaló la inexistencia de algún elemento que permita afirmar que las encuestas se apartaron de los lineamientos y criterios científicos, y menos aún que estas hayan sido empleadas para beneficiar o perjudicar a algún candidato presidencial.
En relación con la queja presentada por la difusión de encuestas realizadas por GEA-ISA difundidas por MILENIO, la Comisión propone declarar infundada dicha demanda al considerar que la casa encuestadora presentó todos la información solicitada.
Aseguró que en lo relacionado con los comentarios de opinión que resultaron por la difusión de las encuestas, no hay elementos que comprueben que el sentido de los conductores fuera manipular la intención de voto, por lo que están dentro de su derecho a la libertad de expresión.
En la defensa del proyecto de sentencia, el magistrado Salvador Nava Gomar, integrante de la Comisión que realizó el proyecto a debate, dijo que no se acreditaban las pruebas de la compra de los 5 millones de votos y “nadie puede decir que no estudiamos cada uno de los agravios”.
Dijo que se declaró infundados todos los agravios, incluyendo el proceso de inequidad y manipulación de los medios; respecto al monitoreo de los medios, señaló que también es infundado.
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