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CIUDAD DE MÉXICO, 22 de octubre de 2019.- La omisión de autoridades federales, estatales y municipales respecto de sus obligaciones convencionales, constitucionales y legales en materia de protección y garantía integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes que han propiciado el incremento del sobrepeso y obesidad infantil dio origen a la Recomendación General 39/2019 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Ya que son vulnerados los derechos a la vida, la supervivencia y el desarrollo; de prioridad, a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral; a la protección de la salud, a la alimentación adecuada, al agua y al saneamiento; a la educación, al acceso a la información y participación; a un medio ambiente adecuado; al descanso y esparcimiento; a la cultura física y al deporte, y al principio del interés superior de la niñez y adolescencia.
Respecto de los problemas que representan sobrepeso y obesidad infantil, la CNDH considera que en niños y adolescentes constituyen una emergencia epidemiológica y un problema de derechos humanos que compromete su desarrollo integral
Que se responsabiliza a niños y adolescentes y sus familias por el incremento del sobrepeso y obesidad, sin considerar las obligaciones de las autoridades en la protección de sus derechos; que las autoridades federales han sido omisas en diseñar e implementar políticas públicas integrales con perspectiva de derechos de niñez y adolescencia para prevenir, atender y eliminar el sobrepeso y obesidad infantil, así como también han sido omisas en privilegiar el interés superior de la niñez y adolescencia en sus actuaciones.
Propiciando el incremento de la prevalencia de dichos problemas en el país, y que la regulación vigente en materia de publicidad de alimentos y bebidas con alto contenido calórico dirigidos a la población menor de edad contraviene los derechos de la niñez y la adolescencia y no considera su interés superior.
Así lo expresó el primer visitador general de la CNDH, Ismael Eslava Pérez, al presentar la Recomendación General 39/2019 y subrayó que las evidencias documentadas en la misma constatan que el Estado mexicano ha incurrido en diversas omisiones respecto del cumplimiento y garantía de los derechos humanos de niños y adolescentes, debido a la falta de acciones integrales y con perspectiva de derechos, para la prevención, control y eliminación del sobrepeso y obesidad infantil, lo que ha propiciado el incremento de su prevalencia.
Explicó que de acuerdo con el Coneval 2014, el 27.6 por ciento de la población menor de 18 años presenta carencias en el acceso a alimentación; el 16.2 por ciento no cuenta con acceso a servicios de salud; 24.8 por ciento carecía de servicios básicos en su vivienda, y 8 por ciento presentaba rezago educativo, lo cual resulta relevante debido a que el acceso a alimentos saludables y de calidad, el cuidado de la salud y las decisiones sobre qué productos consumir dependen en gran medida de las posibilidades económicas de las familias y de que se cuente con acceso a servicios de salud y educativos que permitan a las personas tomar elecciones saludables.
La coordinadora del Programa sobre Asuntos de la Niñez y la Familia, Cinthya González Téllez Girón, expuso que de acuerdo con datos de la Cepal 2014, los costos del sobrepeso y obesidad para el sistema de salud mexicano alcanzaron los seis mil 134 millones de dólares, equivalentes al 17.5 por ciento del gasto público de salud de ese año, y que para 2050 el costo podría elevarse a más de 10 mil millones de dólares, debido a que la malnutrición por exceso tiene un costo diez veces mayor a la malnutrición por déficit, y estima que para 2030 se registrará en México un incremento del 28 por ciento en el número de muertes asociadas a la obesidad, y respecto de las políticas públicas y estrategias implementadas para su atención indicó que es necesario profundizar las iniciativas tendentes a reducir su prevalencia.
Ante ello, la CNDH enfatiza que se deben garantizar, entre otros aspectos, la seguridad alimentaria, el acceso a alimentos a un costo asequible, la disponibilidad de agua potable, el fomento a la lactancia materna y regulación de los sucedáneos de leche materna; asimismo, aplicar medidas fiscales y normativas que regulen el ingreso de alimentos calóricos en las escuelas y otros espacios donde concurren personas menores de edad, y restringir la publicidad de los mismos, especialmente ante las principales dificultades para acceder a una alimentación saludable, entre las que están la falta de recursos de las familias para adquirir frutas y verduras (50.4 por ciento), la falta de conocimiento (38.4 por ciento) y el tiempo para preparar alimentos saludables (34.4 por ciento).
Por ello, la CNDH recomienda a todas las autoridades destinatarias de la Recomendación General 39/2019 impulsar la suscripción de convenios entre instancias federales, estatales y municipales para atender sobrepeso y obesidad infantil; instrumentar acciones para el establecimiento de objetivos específicos y estrategias a corto plazo para la prevención, atención, control y eliminación de esos problemas; diseñar e implementar políticas públicas, programas, estrategias, procedimientos, servicios, mecanismos de cumplimiento, protección y garantía de los derechos a una alimentación adecuada y la protección de salud; e intensificar esfuerzos para coordinar los trabajos de los Sistemas de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes federales y locales, para potenciar el impacto de las medidas de prevención, control, atención y eliminación del sobrepeso y obesidad que se ejecuten en todo el país.
Al Secretario de Salud se le recomienda en específico modificar o desarrollar la normatividad adecuada para establecer que los criterios nutrimentales que deben cumplir los alimentos y bebidas se ajusten a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
A los integrantes del Congreso de la Unión y al Secretario de Hacienda y Crédito Público les pide atender las recomendaciones de la OMS relativas a establecer un impuesto de 20 por ciento al consumo e importación a las bebidas de alto contenido energético o que contienen azúcares añadidas o sustitutos de azúcares potencialmente dañinos para la salud.
A los Secretarios de Salud y de Educación, y al titular de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios se les solicita, previo diagnóstico de resultados, modificar los Lineamientos Generales para el Expendio y Distribución de Alimentos y Bebidas Preparados y Procesados en las Escuelas del Sistema Educativo Nacional, en materia de protección de la salud e integridad del alumnado.
A las y los integrantes del Congreso de la Unión y de las Legislaturas de las entidades federativas; la Gobernadora y los Gobernadores y a la Secretaria Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes se les demanda elaborar una iniciativa de Ley General y Leyes Locales en materia de nutrición y alimentación de niñas, niños y adolescentes reglamentaria del artículo 4 Constitucional y los correspondientes de los ordenamientos locales.
Y la Secretaria de Economía se le pide garantizar que la revisión, discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de modificación a la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 especificaciones federales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasado, información comercial y sanitaria sea acorde con los derechos de niñas, niños y adolescentes.