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CIUDAD DE MÉXICO, 22 de marzo de 2017.- Por fin los usuarios de las aerolíneas comerciales ven avances en materia de respeto a sus derechos como pasajeros, esto luego de que la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil, con lo que los abusos por parte de líneas aéreas tendrán sanciones en beneficio del usuario.
En ese sentido el presidente de la Comisión, el diputado del PAN Alfredo Rodríguez Dávila explicó que el dictamen considera las compensaciones en caso de que el prestador del servicio no cumpla con los términos establecidos en el contrato, y la causa se deba a éste.
«Su propósito es brindar certeza jurídica a los usuarios y actualizar el marco legal mexicano conforme a las mejores prácticas internacionales y a los instrumentos extranjeros de los que el Estado mexicano es parte».
Asimismo el documento señala que para el cálculo de compensaciones, indemnizaciones u otras referencias que se hagan al boleto en esta ley, se considerará el monto total incluyendo tarifas, impuestos, comisiones y cualquier otro cargo cubierto por el pasajero.
También establece que para el servicio al público de transporte aéreo de pasajero, la aerolínea tiene la obligación de informar y respetar las tarifas y restricciones; además serán responsables de que la información relativa a las tarifas esté permanentemente a disposición del usuario y cada costo deberá aplicarse en igualdad de condiciones para todos los pasajeros, sin discriminación alguna.
Asimismo estarán obligadas a proporcionar servicio de calidad y eficiente a todos los pasajeros, por lo que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) supervisará que los concesionarios o permisionarios informen de manera oportuna a los viajeros de posibles cambios, retrasos o cancelaciones en su itinerario.
Usuarios podrán ser recompensados por demoras o cancelaciones de vuelos
En caso de que exista retraso en relación con la hora de salida y la causa responsabilidad de la aerolínea, el pasajero será indemnizado y/o compensado por el proveedor del servicio de acuerdo a los siguientes criterios:
– Cuando la demora sea superior a una hora e inferior a cuatro, se compensará conforme las políticas de compensación de cada aerolínea, por lo que ésta podrá incluir como mínimo, descuentos para vuelos en fecha posterior hacia el destino contratado y/o alimentos y bebidas, de acuerdo a lo establecido por los permisionarios y concesionarios.
En este punto es importante destacar que las empresas aéreas deberán presentar y registrar cada seis meses, ante la SCT y la Procuraduría Federal del Consumidor, las políticas de compensación, mismas que serán públicas.
Pero si la demora es mayor a cuatro horas, el pasajero será compensado conforme a este artículo, además accederá a las opciones y, en el caso, a la indemnización estipuladas por esta Ley para la cancelación del vuelo, siempre que la responsabilidad sea de la aerolínea.
Ahora bien, cuando haya una cancelación del vuelo por parte de la aerolínea, ésta deberá entregarle al pasajero, de acuerdo a lo que prefiera éste:
– El precio del boleto o billete de pasaje o la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje.
– Ofrecerle, con todos los medios a su alcance, transporte sustituto en el primer vuelo disponible y proporcionarle, como mínimo y sin cargo, acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos.
– De igual modo, alimentos de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta el embarque en otro vuelo.
– Alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad cuando se requiera pernoctar y, en este último caso, transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto. Además, transportar en la fecha posterior que convenga al mismo pasajero, hacia el destino que haya sido cancelado.
En ambos casos, el concesionario o permisionario deberá cubrir, además, una indemnización al pasajero afectado que no será inferior al 25 por ciento del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
En los casos donde se tenga que realizar un aterrizaje en un lugar distinto al de destino, la aerolínea deberá trasladar al pasajero por los medios de transporte más rápidos disponibles hasta el lugar de su destino.
Pasajeros podrán cancelar vuelo y recobrar el costo total del boleto
Otro gran beneficio para los usuarios de transporte aéreo es que ahora podrán cancelar sus vuelos sin ningún tipo de penalización y podrán solicitar la devolución de su boleto, siempre y cuando lo hagan ante la aerolínea en el lapso de 24 horas contadas a partir de la hora de compra del boleto, pasado este plazo el concesionario o permisionario determinará las condiciones de la cancelación.
Sobre el equipaje este dictamen establece que ahora se podrá transportar como mínimo y sin cargo alguno en vuelos nacionales e internacionales, 25 kilogramos cuando los vuelos se realicen en aeronaves con capacidad para 20 pasajeros o más, y 15 kilogramos cuando la aeronave sea de menor capacidad, siempre que acate las indicaciones del concesionario o permisionario en cuanto al número de piezas y restricciones de volumen.
El exceso de equipaje debe ser transportado de acuerdo con la capacidad disponible de la aeronave; en este caso, la aerolínea tiene derecho a solicitar al pasajero un pago adicional.
Ante esta aprobación el secretario de la Comisión de Transporte y proponenete de esta iniciativa, el priista Daniel Torres, destacó que este es el resultado de muchos meses de trabajo que culminó en lo que calificó como «una votación histórica» de una reglamentación que otorgará derechos y certidumbre a los usuarios de transporte aéreo.
Entrevistado al término de la reunión de la Comisión de Transporte, el legislador destacó que todos esto cambios también van enfocadas a la Profeco ya que será importante la vigilancia que haga sobre las aerolíneas a fin de que los usuarios puedan ser protegidos y conozcan los derechos que tienen como pasajeros.
«Estamos legislando a beneficio de los usuarios, creo que este es un gran paso, estaremos atentos para que se suba y vote en el Pleno y que vaya a la Cámara revisora, es un esfuerzo de todos y es un principio que le dará certidumbre y derecho a los usuarios. Esta reforma viene a acotar la libertad que hasta el día de hoy tienen las aerolíneas», puntualizó.