Disparan a jefatura de tenencia de La Cantera en Tangamandapio, Michoacán
CIUDAD DE MÉXICO, 2 de enero de 2017.- La CNDH emitió la Recomendación 63/2016, dirigida al Gobernador Constitucional del Estado de Campeche, a las y los integrantes del H. Ayuntamiento del Municipio de Carmen, así como al Presidente del H. Congreso del Estado de Campeche, en virtud de las quejas recibidas por este Organismo Nacional con motivo de los hechos ocurridos el 20 de octubre de 2015, consistentes en que un grupo de personas que se inconformaba con la autoridad municipal cerró los accesos del Palacio Municipal de Carmen, impidiendo que personas servidoras públicas, así como usuarias y usuarios, abandonaran el edificio por un lapso de aproximadamente 24 horas.
A partir del análisis de las evidencias que integran el expediente de investigación que se siguió en este Organismo Nacional, se acreditaron violaciones a derechos humanos relacionados con la prestación indebida de la función de seguridad pública, en virtud de que las autoridades del Municipio de Carmen no atendieron con diligencia esa situación, ni brindaron la atención al grupo inconforme.
Asimismo, se acreditaron violaciones al derecho de acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia, por parte de la Fiscalía General del Estado de Campeche, al no proceder a la investigación de los hechos probablemente constitutivos de delitos del orden común una vez que tuvieron conocimiento de los mismos, ni realizar los actos propios de la función ministerial.
Al respecto, esta Comisión Nacional recomendó que la autoridad ministerial realice todas las diligencias que en derecho procedan, a efecto de que se integre y determine conforme a derecho la averiguación previa y sus acumuladas, las cuales fueron iniciadas con motivo de los hechos de referencia, debiendo salvaguardar los derechos de las personas que resultaron afectadas.
Por otra parte, se recomendó a las y los integrantes del H. Ayuntamiento del Municipio de Carmen, y a la Secretaría de la Contraloría de dicha entidad federativa, que se colabore ampliamente con este Organismo Nacional en la presentación y gestión de los procedimientos administrativos de responsabilidad que se promuevan con motivo de los actos y omisiones en que incurrieron tanto las autoridades municipales de Carmen, por la indebida prestación de la función de seguridad pública a su cargo; así como los relacionados con el incumplimiento de los deberes a cargo de la Fiscalía General del Estado de Campeche, derivado de las irregularidades en la integración de la averiguación previa y sus acumuladas, iniciadas con motivo de los hechos que motivaron esta Recomendación.
Asimismo, se recomendó a las y los integrantes del H. Ayuntamiento del Municipio de Carmen, la elaboración de un protocolo de actuación para los casos de tomas de oficinas o inmuebles públicos de dicho municipio, con riesgo de que se prive de su libertad a las personas; así como un protocolo de actuación para hacer uso legítimo de la fuerza pública como último recurso, por parte de la policía municipal de Carmen, en el que se tome en cuenta los medios de disuasión y no se ejerza de manera arbitraria.
Por último, se recomendó al H. Congreso del Estado de Campeche que se colabore ampliamente con este Organismo Nacional a efecto de que se inicie e integre la investigación administrativa correspondiente, y se determine la responsabilidad, en su caso, de las autoridades municipales de Carmen.