Llevan ante juez al agresor del Metro Tacubaya
CIUDAD DE MÉXICO, 6 de febrero de 2022.- Por más de tres años, víctimas y familiares de 17 menores que fueron abusados sexualmente por un profesor en el jardín de niños Marcelino Champagnat en la Ciudad de México, han esperado que se haga justicia.
Aunque el pederasta Ramón Morales Jacobo fue sentenciado el pasado 29 de diciembre a 494 años de prisión por el Juzgado Federal de Juicio Oral adscrito al Centro de Justicia Federal en la Ciudad de México, con residencia en el Reclusorio Sur, su defensa impugnó el fallo del juez Jesús Felipe Delgadillo Padierna por la cual la sanción no puede ejecutarse mientras está en curso la apelación.
El prolongado sufrimiento de los padres por la sentencia que no se ejecuta, es doblemente doloroso, no solo porque aún no está firme la resolución judicial que llevaría al agresor sexual a purgar la pena máxima de 60 años que permite la ley, sino que los presuntos cómplices al interior de la institución que lo encubrieron no podrían ser investigados mientras se resuelve la impugnación.
Durante la investigación se evidenció que, al interior del kínder, Morales contó con la participación y anuencia de otros miembros de la institución para cometer abusos sexuales, por lo que juez ordenó investigar a quienes lo protegieron por más de dos años.
En su sentencia, el juez Delgadillo instruyó a la Fiscalía General de la República para que a través de la Fiscalía Especial para delitos de Violencia Contra la Mujer y Trata de Personas (Fevimtra) continúe con la investigación que llevaría determinar el grado de participación de otras personas en los abusos sexuales cometidos durante los ciclos escolares 2017-2018 y 2018-2019.
Pues según lo estipulado en la sentencia, se determinó que hubo más personas que apoyaron, facilitaron o no denunciaron los abusos sexuales que sucedían dentro y fuera del plantel escolar; porque Morales llegó al grado de extraer a los menores para ser abusados sexualmente en inmuebles aledaños.
Y aunque el Ministerio Público Federal acreditó 17 abusos, de los 37 que se le atribuían en el kínder ubicado en la alcaldía Gustavo A. Madero, extraoficialmente los abogados de los padres de familia consideran que las víctimas podrían ser hasta 60 menores.
Ramón Morales ostentaba una plaza de Apoyo Técnico Pedagógico de la Zona Escolar 179 en la Ciudad de México y esta posición dentro de la estructura del kínder le facilitó, la posibilidad de circular por todo el plantel educativo y realizar conductas sexuales, debido a que la función docente por la que había sido contratado no se limitaba a un solo grupo.
El Tribunal de Enjuiciamiento también ordenó a la Secretaría de Educación Pública que, a través de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, se les otorgará a las víctimas becas completas de estudio hasta el término de su educación superior, en instituciones públicas, con la finalidad de que puedan continuar con sus estudios.
A la par sentencia se impuso una multa por tres millones 22 mil 500 pesos, y el pago de la reparación del daño por 24 millones 650 mil pesos, misma que deberá cubrirse de manera subsidiaria la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) y la Secretaría de Educación Pública (SEP).
De tal manera, que como medida de compensación cada una de las víctimas directas deberá recibir un 1 millón 480 mil pesos. Además de cubrir gastos que oscilan entre los 172 mil y los 5 mil pesos generados durante el proceso, aunado al pago de terapias psicológicas o psiquiátricas que deben recibir las víctimas directas e indirectas, por lo cual se contemplan recursos que oscilan entre 47 mil y 15 mil pesos.
En relación a las garantías de no repetición, el Tribunal ordenó a la Secretaría de Educación Pública y a la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México Implementar de forma permanente cursos de capacitación dirigidos a todo el personal académico y administrativo de la institución, respecto a la prevención, detección y abordaje de situaciones de violencia sexual contra niñas o niños en el ámbito educativo.
Sin embargo, la apelación de la sentencia mantiene en limbo todas las medidas surgidas del juicio oral.