Libros de ayer y hoy/Teresa Gil
De chile, de dulce y de manteca
Carlos Ravelo Galindo, afirma:
El personal de carrera es permanente y su desempeño se basa en los principios de preparación, competencia, capacidad y superación constante, a fin de establecer un servicio profesional para la ejecución de la política exterior de México.
Lo que nos platica nuestro amigo embajador Antonio Pérez Manzano no tiene desperdicio.
Y dígame si no son de chile, de dulce y de manteca.
“En cierta ocasión un alumno Universitario me preguntó:
¿Qué clase de embajador es usted?
Soy embajador de México de tercera clase y estoy jubilado.
En el Servicio Exterior Mexicano entre los embajadores hay varias clases o categorías:
Para ilustrar lo anterior, comparto una anécdota:
Hace poco tiempo me reuní con unos compañeros del Servicio Exterior Mexicano (SEM), con quienes pasamos un rato agradable hablando de lo bueno y lo no tan bueno de nuestra vida en el campo profesional; así como sobre la situación de jubilados, en la que ahora nos encontramos disfrutando después de décadas de servicio.
Entre las cosas de las que comentamos salió el caso de un colega que “se decía embajador” y uno de los contertulios le preguntaba: ¿fuiste embajador? ¿Ante quién presentaste cartas credenciales? Dichas interrogantes dieron paso a una serie de comentarios en torno a nuestras carreras.
Desde luego estoy muy orgulloso, por haber logrado con base en estudios, preparación, capacitación y méritos en el ejercicio de la profesión, los ascensos necesarios por medio de concursos públicos -para llegado el momento y de acuerdo con la Ley del SEM-, recibir el nombramiento de embajador de México.
Cabe hacer notar que, cuando hablamos de embajador de carrera, significa que alcanzó ese nivel de acuerdo con sus méritos reconocidos y compensados con un nombramiento, avanzando escalón por escalón hasta alcanzar el grado máximo.
Muchos llegamos a la edad de la jubilación sin haber sido adscritos como jefe de misión a una embajada para representar al Estado Mexicano, ante el gobierno de otro Estado o bien, para desempeñar las muy honrosas labores consulares en la categoría más alta, como cónsul general.
Otros –los menos favorecidos-, subieron penosamente por la escalera, algunos más nos hicimos viejos en el camino y nos llegó la edad de la jubilación.
La Ley es tajante: Baja del SEM por jubilación al cumplir 65 años de edad (recientemente se modificó la Ley y ahora será a los 70 años).
No obstante, como en todo hay excepciones, si “el dedo del Señor” le concede un nombramiento que lo mantenga en activo no importa la edad.
Al final del camino, para los efectos de la pensión pareciera que todos los embajadores somos “iguales”, pero eso no es así, unos son más iguales que otros, con lo cual se crean cuando menos tres categorías de embajadores, que en algún momento se podrían equiparar con los máximos rangos del Ejército Mexicano, como son:
A. General de División (3 estrellas); B. General de Brigada (Ejército) o General de Ala (Fuerza Aérea) (2 estrellas); C. General Brigadier (Ejército) o General de Grupo (Fuerza Aérea) (1 estrella).
En el caso del Servicio Exterior Mexicano son:
El Presidente de la República podrá reconocer la dignidad de embajador emérito como culminación de una destacada y ser embajador, retirado o en servicio activo, que haya dedicado por lo menos 25 años al Servicio Exterior y se haya distinguido por haber ocupado cargos de importancia en el Servicio Exterior o en la Secretaría, por sus obras escritas sobre temas internacionales, o por haber prestado otros servicios destacados en el campo de las relaciones internacionales de México, por lo menos con diez años de servicio y haber ocupado el cargo de Secretario.
Dentro del rango de Embajador habrá un máximo de diez plazas de embajador eminente, como distinción a los miembros de ese rango por su actuación destacada de servicio al país en el ámbito de la política exterior.
Para cubrir una vacante de embajador eminente, el Secretario someterá a la consideración del Presidente de la República los nombres y antecedentes de aquellas personas que tengan una antigüedad mínima de diez años como embajador y que hayan ocupado cargos de Director General o superiores en la Secretaría
La segunda clase es la de los embajadores que por recomendación del secretario de relaciones son designados por el presidente de la República para representar a México ante el gobierno de otro Estado, o bien, ante un organismo internacional.
En esta misma clasificación también se producen ascensos y designaciones en los mejores puestos dependiendo de méritos, o bien, del grado de conexiones o amistades a las que el funcionario puede recurrir para apoyarse; lo cual se refleja en la cantidad de años necesarios para alcanzar el rango máximo de la carrera diplomática.
Al respecto, viene al caso comentar que, en la historia reciente del SEM que, -aprovechar ciertas imprecisiones o vacíos en la Ley correspondiente-, un grupo muy unido de compañeros logró saltar una categoría, para mediante un procedimiento legal ser ascendidos de “cónsul de primera” a “cónsul general” y de ahí a la homologación con el rango de embajador.
Ha existido una especie de “dinastía” de diplomáticos, quienes orgullosos de ostentar apellidos ilustres, también han tratado de “depurar el servicio” de diferentes maneras, en complicidad con funcionarios gubernamentales y legisladores, que han aprobado leyes y reglamentos a modo, para impedir o retrasar los ascensos de un buen número de funcionarios, sin importar que demostraran una preparación permanente, actualización de conocimientos y méritos en el trabajo.
En el lado opuesto impulsaron a otros funcionarios quienes llegaron a obtener tres o cuatro ascensos en tres años, cuando en términos generales se debería de tener una antigüedad mínima de 2 años para tener derecho a concursar.
Conozco a un funcionario que tuvo que presentó hasta 10 veces los exámenes para ascenso en una categoría y en cada ocasión recibía la misma respuesta: “usted aprobó el examen, pero no alcanzó plaza.”
La tercera clase de embajadores la representan los funcionarios que logrado el ascenso a ministro del SEM por concurso público, o por nombramiento discrecional del secretario de relaciones exteriores -pero que llegaron a los 65 años sin que hubiera una plaza de embajador en algún país que pudiera ocupar-.
En ese caso, pasa irremediablemente a “disfrutar de los beneficios de la jubilación” y su pensión alcanzará el máximo otorgado en dicha categoría.
En esa situación fue que, el que esto escribe causó baja del SEM con la categoría de embajador (de tercera), equiparable a un general brigadier del Ejército Mexicano, con una estrella.
Como todo mundo sabe, existen los llamados “embajadores políticos” designados discrecionalmente por el Jefe de Estado, que de acuerdo con el Artículo XV de la Ley del SEM, pasan a ser miembros del Servicio Exterior de manera temporal.
Significa que no son considerados como personal de carrera.
El Servicio Exterior se integra por personal de carrera, personal temporal y personal asimilado y comprende las ramas diplomático-consular y técnico-administrativa.
En esta categoría se acomodan los embajadores y cónsules nombrados por el jefe del Poder Ejecutivo.
Tema que abordaré en futuros artículos. Nos ofrece don