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CIUDAD DE MÉXICO, 17 de junio de 2016.- En el último día de sesión del período extraordinario, la Cámara de Diputados aprobó, sin cambios, el dictamen de la minuta del Senado referente al Código Penal Federal en materia de combate a la corrupción y lo turnó al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Entre las reformas que se hicieron a dicho dictamen, que endurece las sanciones, destaca que por el Ejercicio ilícito de servicio público y el Uso ilícito de atribuciones y facultades se establecerán sanciones que van de un año de prisión y 30 días de multa, hasta 14 años de cárcel y mil días de multa, además, de la eventual destitución e inhabilitación para desempeñar un cargo público.
El dictamen precisa que es servidor público toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal centralizada o en la Ciudad de México y organismos descentralizados.
Las empresas de participación estatal mayoritaria, organizaciones y sociedades asimiladas a éstas, fideicomisos públicos, empresas productivas del Estado, organismos constitucionales autónomos, el Congreso de la Unión, el Poder Judicial Federal, o los que manejen recursos económicos federales.
Estas disposiciones también serán aplicables a los gobernadores de los estados, diputados de las legislaturas locales y magistrados de los tribunales de Justicia estatales, por la comisión de delitos de corrupción en materia federal.
En todos los cosos anteriores las sanciones serán la destitución e inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos, por un plazo de uno hasta 10 años cuando no exista daño o perjuicio o cuando el monto de la afectación o beneficio obtenido por la comisión del delito no exceda de 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
No podrán participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamiento y uso de bienes de dominio de la Federación por un plazo de uno a 20 años.
Cuando el responsable tenga el carácter de particular, el juez deberá imponer la sanción de inhabilitación para desempeñar un cargo público, así como para participar en adquisiciones, arrendamientos, concesiones, servicios u obras públicas.
En el caso de algunos delitos, cometidos por servidores públicos electos popularmente o cuyo nombramiento esté sujeto a ratificación de alguna de las cámaras del Congreso de la Unión, las penas previstas serán aumentadas hasta en un tercio.
En el caso de algunos delitos, cometidos por servidores públicos, miembros de alguna corporación policíaca, aduanera o migratoria, las penas previstas serán aumentadas hasta en una mitad.
Se establecen sanciones que van de un año de prisión y 30 días de multa, hasta 14 años de cárcel y mil días de multa.
El dictamen, que forma parte de las legislaciones del Sistema Nacional Anticorrupción, fue avalado en lo general con 388 votos a favor, y tras rechazar las 20 reservas que se presentaron a 10 artículos, fue aprobado en lo particular por 254 votos a favor y 98 en contra.