Afecta banco de niebla operaciones en AICM
CIUDAD DE MÉXICO, 24 de diciembre de 2018.- Ante las últimas resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) contra México, el subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación (Segob), Alejandro Encinas, anunció que inició el proceso de revisión de las sentencias emitidas.
En un comunicado, Segob indicó que el pasado 28 de diciembre de 2018, Corte-IDH notificó la responsabilidad del Estado Mexicano de “violencia sexual, violación y tortura sufridas por Yolanda Muñoz Diosdada, Norma Aidé Jiménez Osorio, María Patricia Romero Hernández, Mariana Selvas Gómez, Georgina Edith Rosales Gutiérrez, Ana María Velasco Rodríguez, Suhelen Gabriela Cuevas Jaramillo, Bárbara Italia Méndez Moreno, María Cristina Sánchez Hernández, Angélica Patricia Torres Linares y Claudia Hernández Martínez.
Ello, durante su detención y posterior traslado al Centro de Readaptación Social Santiaguito (Cepreso) durante el 3 y 4 de mayo de 2006”.
En la sentencia, añadió, el tribunal señala, por unanimidad, que el Estado Mexicano es responsable por la violación a la integridad personal, a la violación del derecho de reunión, a la violación del derecho a la libertad personal, a la violación a los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial, así como, a la violación del derecho a la integridad persona.
El tribunal concluyó que, “la actuación de las autoridades de seguridad al desarrollar los operativos del 3 y 4 de mayo de 2006 se caracterizó por el uso de la fuerza de manera indiscriminada y excesiva contra toda persona que asumieran que formaba parte de las manifestaciones”.
Continuó con un caso en el cual la Corte-IDH condenó al Estado Mexicano por la desaparición forzada de Nitza Paola, Rocío Irene y José Ángel Alvarado cometida por militares.
Según la Corte, en el Ejido Benito Juárez del municipio de Buenaventura, Chihuahua, el 29 de diciembre de 2009, las víctimas fueron detenidas por parte de militares quienes las trasladaron en vehículos particulares con rumbo desconocido, sin que hasta el momento se sepa de su paradero, así como, la identificación, procesamiento y sanción de los responsables.
En su sentencia resolvió: determinar el paradero de las víctimas, investigar y determinar a los responsables y como medida de rehabilitación, el Estado debe brindas, a través de las instituciones de salud, la atención médica, psicológica y/o psiquiátrica a las víctimas.
Alejandro Encinas aseguró que el Estado Mexicano cumplirá de manera puntual las sentencias y cada uno de los aspectos que de ellas deriven.
Por tal motivo, en los días próximos, una vez analizadas las sentencias, se darán a conocer las fechas, los mecanismos e instrumentos, a partir de los cuales se cumplirán plenamente estas sentencias.
Y sobre la ejecución extrajudicial del joven Mirey Trueba Arciniega el 22 de agosto de 1998, por parte de agentes estatales en de Chihuahua, en el cual el Estado mexicano llegó a un Acuerdo de Solución Amistosa con los representantes de las víctimas.
Por ello, remató, la Corte-IDH emitió su sentencia, de conformidad con las medidas de reparación acordadas y que serán atendidas puntualmente por el Estado.