Escenario político
@guerrerochipres
En su anacronismo frente al respeto a los derechos de las mujeres, el Código Penal de Coahuila ha dado paso a un fallo histórico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para despenalizar a las mujeres o a quienes las asistan en caso de interrupción del embarazo.
Múltiples voces alejadas del esquema patriarcal han ganado terreno en las luchas contemporáneas recientes para dotar a ciudadanas y ciudadanos de mayores libertades en su vida diaria. Ahí se inscribe la decisión a favor del fuero interno individual, de pareja o para mujeres colocadas en riesgo de perder su vida.
La democracia permite la toma de decisiones en libertad, con expresiones conservadores y liberales, pero en todos los casos con respeto a los derechos humanos.
Dentro de la visión tradicional que tuvo predominio en la sociedad, miles de mujeres fueron encarceladas por considerar un delito el aborto, aún en caso de sufrir violación, al igual que fueron puestas en prisión quienes las asistieron. Según la organización «Centro las Libres» del año 2000 al 2017, más de tres mil mujeres mexicanas fueron criminalizadas por abortar.
La despenalización del aborto ha recorrido un largo camino desde 1997, cuando se legalizó en 21 de las 32 entidades, solo en casos de violación, peligro de muerte para la madre, inseminación artificial no deseada o grave daño a la salud de la mujer.
Diez años después, la entonces Asamblea Legislativa del DF aprobó reformas que permitieron la interrupción de la gestación no mayor a las doce semanas, y en julio pasado, el Congreso local avaló la propuesta de la Jefa de Gobierno de la CDMX, Claudia Sheinbaum, para eliminar la temporalidad de semanas gestacionales y que cada caso sea valorado.
En otras entidades, la misma norma no es derecho pleno, pues al acudir al hospital las mujeres son estigmatizadas y desalentadas, revictimizándolas de esa manera. El camino es largo por recorrer.
Este martes, 10 ministros de la Corte despenalizaron el aborto en Coahuila e invalidaron el artículo 196 del Código Penal, que sancionaba con prisión de hasta 3 años a la mujer que aborte voluntariamente y a quienes la asistan.
El tema genera debate y divisiones, pero por encima está el pleno respeto a los derechos humanos que ha enfatizado el gobierno mexicano. El fallo del Tribunal supremo del país tiene un carácter histórico, pues no solo aplica a la entidad en cuestión, sino que tiene un criterio de obligatoriedad para las juezas y jueces de todo el país.
Ninguna mujer podrá ser procesada ni juzgada por abortar bajo los supuestos que ha validado la Corte, como el hecho de haber sido violentadas sexualmente en el hogar o fuera de él o en decisión del número de hijos que quieren tener.
El derecho a no ser criminalizada es una de las batallas centrales de la vida en sociedad y su avance es un triunfo de la dignidad y de la vida.