Recursos y reforma revirtieron situación de pueblos originarios: Adelfo
CIUDAD DE MÉXICO., 9 de agosto de 2023. – La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 100/2023 a la Fiscalía General de la República (FGR) por dilatar la estancia de personas en contexto de movilidad internacional, de nacionalidad salvadoreña, víctimas y testigos de delito.
Dichas personas migrantes estuvieron alojadas forzadamente por periodos prolongados en la Estación Migratoria del Instituto Nacional de Migración (INM) en Iztapalapa, Ciudad de México.
Las víctimas ingresaron el 11 de febrero de 2022 a dichas instalaciones del INM y, no obstante ser consideradas víctimas de delito dentro de una carpeta de investigación, se les impidió su salida de ese recinto migratorio ocasionando que su estancia se prolongara de manera injustificada.
Se advirtió que personal de la FGR al requerir al INM mantener alojadas a las personas agraviadas para la realización de diligencias ministeriales y jurisdiccionales, ocasionaron una dilación de 27 días de retraso en el periodo legal para que ese Instituto emitiera la resolución de los procedimientos administrativos migratorios de las víctimas, propiciando con ello que se conculcara lo establecido en el artículo 111 de la Ley de Migración.
Dicho ordenamiento dispone que el INM determinará la situación migratoria de las personas extranjeras presentadas en un plazo no mayor de 15 días hábiles, contados a partir de su presentación.
La Comisión Nacional contó con elementos que permitieron evidenciar violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la libertad personal, en agravio de las víctimas, atribuibles a personas servidoras públicas adscritas a la Fiscalía General de la República.
Ante ello, solicita que se colabore en el trámite ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, para la inscripción en el Registro Nacional de Víctimas de quien por derechos corresponda.
Pide que se proceda a la inmediata reparación integral del daño, la cual deberá incluir la medida de compensación correspondiente en términos de la Ley General de Víctimas.
Que se les otorgue la atención psicológica que requieran, la cual deberá brindarse por personal profesional especializado y de forma continua, atendiendo a su edad y necesidades específicas; así como proveerles de los medicamentos convenientes a su situación.
Asimismo, la FGR deberá colaborar ampliamente en la presentación y seguimiento de la denuncia administrativa que esta Comisión Nacional presente en contra de las personas servidoras públicas responsables ante el Órgano Interno de Control en la Fiscalía General de la República.
De igual forma, deberá impartir un curso integral en materia de los derechos a la seguridad jurídica y a la libertad personal, así como sobre los derechos de las personas en movilidad internacional, grupos en situación de vulnerabilidad y atención a víctimas, a los agentes del Ministerio Público Federal adscritos a la Subsede Ecatepec, de la Delegación de la FGR en el Estado de México y al personal de la Unidad de Investigación de Delitos para Personas Migrantes de la FGR.
Finalmente, la CNDH pide que se actualice el Protocolo de Actuación Ministerial de Investigación de Delitos Cometidos por y en contra de Personas Migrantes en condiciones de Vulnerabilidad y de aquellas sujetas de Protección Internacional en Territorio Nacional de la Unidad de Investigación de Delitos para Personas Migrantes de esa Fiscalía.
Lo anterior, tomando en consideración los argumentos planteados en la presente resolución, así como el contexto de las problemáticas que afrontan las personas en movilidad internacional y su situación de vulnerabilidad múltiple.