Inician descuentos en pago de predial, agua y tenencia
CIUDAD DE MÉXICO, 12 de febrero de 2021.- A partir de este viernes a las 18 horas y hasta el 14 de febrero a las 23:59 horas, queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas en al menos 9 alcaldías de la Ciudad de México, anunció el gobierno capitalino.
Esto, con motivo de la emergencia sanitaria por Covid 19, y
aplica a las actividades relacionadas con la venta de bebidas alcohólicas en
todas sus graduaciones, en los establecimientos mercantiles ubicados en nueve
Alcaldías: Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, Magdalena Contreras,
Miguel Hidalgo, Tláhuac, Tlalpan, Venustiano Carranza y Xochimilco.
La alcaldía Venustiano Carranza emitió en el número 528 bis de la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México, la suspensión desde las cero horas a las 24 durante
los días 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21 de febrero, en los
establecimientos mercantiles ubicados dentro del perímetro que comprenden las
colonias Peñón de los Baños, Pensador Mexicano, Moctezuma 2ª Sección y Aquiles
Serdán.
La suspensión de actividades aplica para establecimientos relacionados con la
venta de bebidas alcohólicas como vinaterías, tiendas de abarrotes,
supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de
autoservicio, tiendas departamentales, aquellos que se instalen temporalmente y
en cualquier otro similar, en los que se expendan bebidas alcohólicas de
cualquier graduación, incluyendo el servicio a domicilio en el que se
comercialicen u obsequien bebidas alcohólicas para el consumo humano.
Se exceptúa de la suspensión anterior, el consumo de bebidas alcohólicas en
copeo con alimentos (no botanas) al interior de los establecimientos
mercantiles con giro de restaurante. La venta en envase cerrado para consumir
fuera de estos deberá entenderse como suspendida.
Lo anterior, fue publicado en el número 533 Bis de la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México y menciona que toda persona que contravenga el presente
Acuerdo será remitida sin dilación al Juzgado Cívico correspondiente para la
imposición de la sanción que en derecho corresponda, de conformidad con las
disposiciones previstas en la Ley de Establecimientos Mercantiles, la Ley de
Cultura Cívica, la Ley de Verificación Administrativa y demás disposiciones
legales vigentes en la capital del país.