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CIUDAD DE MEXICO a 27 de noviembre de 2023.-Después de una prórroga de cinco años, provocada por la situación de emergencia sanitaria global, será efectiva la aplicación completa de la Norma Oficial Mexicana NOM-036-1-STPS-2018.
La STPS enfatizó la importancia de la implementación de esta norma para la protección de la salud de las y los trabajadores en México, considerando el alto porcentaje que las enfermedades musculoesqueléticas derivadas en el trabajo representan en el país.
La Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) comunica que, a partir del 31 de marzo de 2024, será efectiva la aplicación completa de la Norma Oficial Mexicana NOM-036-1-STPS-2018, destinada a mejorar la seguridad y salud de los trabajadores en tareas que implican el manejo manual de cargas.
Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 2018, esta norma busca prevenir riesgos ergonómicos en el trabajo a través de la identificación, análisis, prevención y control adecuados.
La entrada en vigor de esta normativa se ha visto afectada por retrasos debido a la situación de emergencia sanitaria global.
En respuesta a estos desafíos, se publicó una prórroga en el Diario Oficial de la Federación, permitiendo a las empresas adecuar sus procesos y cumplir con los requisitos establecidos.
Sin embargo, es importante destacar que no se prevén más prórrogas. Por lo tanto, a partir del 31 de marzo de 2024, ante las visitas de la Autoridad Laboral, los patrones de los centros de trabajo deberán presentar evidencias de que cuentan con: El análisis de los factores de riesgo ergonómico debido al manejo manual de cargas; y Las medidas generales de seguridad, para el levantamiento y transporte de cargas de manera manual.
La supervisión de que se realicen en condiciones seguras; mantener las áreas de tránsito y de trabajo libres de obstáculos; conservar orden y limpieza en el lugar de trabajo; y roporcionar la ropa y el equipo de protección personal requerido.
La prohibición de que las mujeres en estado de gestación, y durante las primeras 10 semanas posteriores al parto, realicen actividades de manejo de materiales de forma manual que impliquen cargas de más de 10 kg, posturas forzadas, o movimientos repetitivos por periodos prolongados, que impliquen esfuerzo abdominal o de miembros inferiores.
Con la modificación a la NOM-006-STPS-2014 respecto a la entrada en vigor de la NOM-036-1-STPS-2018, se destacan los cambios en los límites de la masa máxima que pueden cargar las personas trabajadoras de forma manual, resaltando que la carga máxima para los hombres es de 25 kg; por cuanto hace a las mujeres trabajadoras se establece una carga máxima de 20 kg y para aquellas trabajadoras mayores de 45 años, ésta no puede rebasar los 15 kg.
La STPS enfatiza la importancia de la implementación de esta norma para la protección de la salud de las y los trabajadores en México, especialmente considerando que las enfermedades de trabajo musculoesqueléticas representan casi la mitad de todas las enfermedades laborales en el país.
Con esta medida, la STPS reitera su compromiso con la seguridad y bienestar de los trabajadores, procurando un entorno laboral más seguro y ergonómico.