El futuro ya nos alcanzó
Derechos del no nato; Puerto Rico sí, México no
El Gobierno de Puerto Rico marcó un hito jurídico y social sin precedentes con la ratificación de la ley que reconoce formalmente al concebido no nacido como una persona, informa la organización UNNA.
Destaca que esta decisión, liderada por la gobernadora Jenniffer González, eleva el estatus del ser humano en gestación a rango constitucional con plenos derechos de protección frente a actos de violencia, consolidando una visión legislativa que prioriza la dignidad humana desde el momento de la concepción.
Opino que esta noticia subraya el contraste con la situación prevaleciente en México, en donde el ordenamiento jurídico no reconoce al no nacido como persona titular de derechos humanos fundamentales, por más que le otorgue protección como un bien jurídico, aumentando esta tutela conforme avanza la gestación.
Destaca UNNA que la trascendencia en el acto realizado por el Gobierno de Puerto Rico radica en la enmienda al Código Penal que tipifica como asesinato la muerte de un no nacido en incidentes de agresión contra la mujer gestante.
UNNA es una comunidad de líderes sociales, investigadores, académicos y comunicadores que promueven la protección de la mujer embarazada, de las niñas y niños por nacer, del binomio madre-hijos y la paternidad responsable, con el objetivo de garantizar el presente y futuro de las niñas y los niños de México.
La organización subraya que, con la medida del Gobierno de Puerto Rico, al armonizar la legislación penal con las reformas del Código Civil aprobadas apenas meses antes, el país caribeño elimina las ambigüedades legales que históricamente dejaban al nasciturus (el que va a nacer), en una vulnerabilidad jurídica.
Esta medida no solo busca castigar con mayor rigor los crímenes cometidos, sino que establece un estándar de justicia que reconoce la existencia de dos víctimas en actos de violencia contra mujeres embarazadas.
A nivel regional, este hecho posiciona a Puerto Rico como el epicentro de un cambio de paradigma en el Caribe y América Latina, en un contexto donde las legislaciones sobre el derecho a la vida presentan una marcada fragmentación y ahora la isla se erige como un referente de la "cultura de la vida".
Con ello, también se envía un mensaje contundente sobre la responsabilidad del Estado en la protección del miembro más indefenso de la familia humana. Esta política pública desafía las tendencias de despenalización en territorios vecinos, reafirmando una identidad jurídica basada en valores éticos y biológicos.
El impacto de esta ley trasciende las cortes y se inserta en el tejido cultural de la región, impulsando un debate renovado sobre los derechos fundamentales. Además, fortalece la narrativa de que el derecho a la vida es la base sobre la cual se construyen todos los demás derechos civiles.
Se espera que este marco legal sirva de modelo para otros países que buscan fortalecer sus protecciones hacia la infancia y la maternidad, promoviendo un entorno donde la vida gestante sea valorada y respetada por la sociedad en su conjunto.
Al respecto, el gobierno puertorriqueño reiteró que esta ley responde a un compromiso ético con la coherencia legal, al otorgar personalidad jurídica al no nacido y se establece una base sólida para futuras políticas de seguridad social y salud pública que protejan el desarrollo integral del ser humano desde sus etapas más tempranas.
Este avance legislativo reafirma que Puerto Rico camina hacia una modernización del derecho que no ignora la realidad biológica de la gestación y se cierra un ciclo de reformas que define una nueva era en la jurisprudencia puertorriqueña, donde la protección de la vida no es solo una declaración de principios, sino una norma coercitiva y protectora, destaca UNNA.
SITUACIÓN DIFERENTE EN MÉXICO
Si se realiza un análisis del ser humano no nato, respecto a sus derechos como persona en México, encontramos grandes contradicciones. Veamos por qué.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que la protección prenatal no puede violar los derechos reproductivos de la mujer, pero en realidad observamos que aún no se reconoce plenamente en nuestro país los derechos humanos de los no nacidos, por los siguientes argumentos.
No se les considera personas jurídicas: La Constitución mexicana confiere la titularidad de derechos humanos a las personas nacidas, por lo que el feto no es considerado persona titular de derechos en el sentido estricto.
Protección Gradual: Se reconoce la protección del proceso gestacional, garantizando su derecho a nacer, pero la intensidad de esta protección aumenta progresivamente, siendo menor al inicio del embarazo, lo cual es inequitativo, ya que el feto, en los primeros meses, ya tiene vida y no se le considera así
Prioridad a la gestante: La Corte ha determinado que priorizar al cigoto/feto por encima de la autonomía de la mujer es inconstitucional, clasificando al aborto como un servicio de salud legal y despenalizado a nivel nacional, lo cual es una aberración jurídica porqué establece privilegio a la madre, pero no al niño que tiene el derecho fundamental a la vida
Bienes tutelados: La ley protege la vida intrauterina como un valor, pero sin equipararla en derechos a la de una persona ya nacida.
En resumen, existe una protección jurídica al producto de la concepción, pero esta no implica que se le reconozca personalidad jurídica plena, equilibrando la protección prenatal con el derecho a decidir de las personas gestantes.
En el reconocimiento de derechos plenos para los no natos, aún falta mucho por caminar en nuestro país y mientras no se avance en este camino, no se podrá hablar de un estado de derecho que proteja a quienes todavía no pueden defenderse y en contra de quienes se atenta todos los días.
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