El concierto del músico/Rodrigo Aridjis
Casada con su violador
Guadalupe N. tenía 16 años cuando su novio, de 25 años de edad, la convenció que se fuera con él una noche en que la chica se peleó con sus padres. La pareja sentimental de la muchacha le supo endulzar el oído para que pasaran juntos la noche, la misma fecha en que se dieron a la fuga.
Para la chica fue demasiado sorpresivo tener que dormir al lado de su novio. En un momento determinado el joven quiso forzar a su novia a tener relaciones sexuales, acto que no fue consentido por la muchacha.
Por la fuerza, Fernando N. la obligó a tener sexo con él: la violó.
Al otro día, la chica pudo salir del hotel de paso en que se encontraban sin que Fernando se diera cuenta y regresó a su casa para informar a sus padres la situación que había ocurrido.
Los padres ofendidos iniciaron un proceso penal en contra del sujeto por el delito de violación.
El caso fue presentado en un juzgado de Hermosillo, Sonora, en donde se abrió una carpeta de investigación en contra del sujeto.
Al parecer no había problema para que la acción de la justicia se ejerciera en contra de Fernando, quien incluso aceptó haberse sobrepasado con su novia.
La defensa del tipo fue lo suficientemente hábil para hacer creer al juez que se trató en realidad de sexo consentido, pero la chica y sus padres no cejaron en su exigencia y se fueron acumulando pruebas en contra de Fernando.
En el desahogo de pruebas, como la presentación de empleados del hotel de paso en que se encontraban que fueron testigos de que la chica salió al otro día de la habitación llorando y con la ropa rasgada, las cosas se complicaron para el sujeto.
El caso se iba metiendo en un callejón sin salida para el mozalbete, cuando el abogado defensor utilizó un argumento legal irrebatible: en la legislación de Sonora existe un resquicio que permite a un violador no ser objeto de la acción penal si se casa con su víctima.
Con una argumentación propia de la Edad Media, los abusadores de menores de edad pueden quedar libres si se casan, pero muchas veces con una simple promesa de matrimonio.
Es decir, quienes cometieron el acto incalificable de la violación pueden seguir abusando de su víctima por tiempo indefinido, siempre y cuando acepten casarse, como si este hecho borrara de manera automática las afectaciones en el cuerpo y la mente de las chicas que fueron abusadas.
Visto de esta manera, dicho resquicio legal se convierte en una patente de corso para que los violadores puedan tener un asidero legal para perpetuar el abuso sobre su víctima.
En el caso de Guadalupe y Fernando la ignorancia y la mentalidad ‘tradicional’ de los padres de la chica, de que su hija sólo podía tener sexo estando casada, llevó a la menor de edad a aceptar un matrimonio a la fuerza, con el objeto de ‘lavar’ el honor de la familia.
Ahí comenzó una vida de infierno para Guadalupe, de golpes, abusos sexuales y tormentos psicológicos que se mantuvieron durante muchos años hasta que la muchacha pudo madurar un poco y darse cuenta con los años de la situación en que se encontraba y un día darse a la fuga a donde no pudiera localizarla ni su familia.
El absurdo de que un violador se pueda casar con su víctima no sólo es permisible por la legislación de Sonora, abominaciones semejantes existen en Campeche, Durango y Baja California.
En algunas otras entidades, como Aguascalientes, en el Código Penal no se define con claridad que las relaciones sexuales entre un adulto y un menor de edad pueden ser objeto de un proceso judicial.
En esta entidad, por ejemplo, se señala que es un delito si un adulto tiene sexo con un menor de edad hasta 16 años, pero deja sin efecto si el adulto tiene una relación de ese tipo con alguien de 17 años. De esta manera, se pasa por alto que, por ley, una persona se puede considerar como mayor de edad a los 18 años.
Los vacíos legales en dichas entidades obviamente son aprovechados por los tratantes de blancas, quienes seducen a jovencitas, las violan y después las pueden convertir en sus esclavas para siempre, mediante un matrimonio que es ofrecido engañosamente como ‘una reparación del daño’.
Es imposible que se siga manteniendo en varias entidades del país un argumento de ese tipo, de que las violaciones pueden ser ‘reparadas’ con al apoderamiento del victimario sobre la persona que sometió.
En tal ‘reparación que representa el matrimonio existe mucho de un concepto moralino erróneo de que una chica soltera tiene “valor” ante la sociedad, siempre y cuando no haya tenido relaciones sexuales fuera del matrimonio.
De manera inconcebible este atavismo cultural, con fuerte carga de contenido religioso ha trasminado las leyes de dichos estados y se ha convertido en un mecanismo de abuso para muchas chicas.
A final de cuentas, atrás de esta ‘reparación’ del daño están los argumentos de una ideología machista de que existen vías de escape para un hombre abusador, siempre y cuando muestre arrepentimiento y consienta en una boda que socialmente “lave” la falta que se pretende ‘mancha’ a la muchacha, que en realidad es víctima del abuso.
Así, la joven es victimizada por segunda ocasión, por el abusador, quien prácticamente se puede convertir en su amo con la ley en la mano. Si, de suyo, es abominable que el abuso sexual exista, lo es más cuando algunos estados cuenten con válvulas de escape que permiten que los delincuentes no sean castigados.