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NAUCALPAN, 3 de enero (Quadratín México).- Ejidatarios, comuneros, colonos, pequeños propietarios y los miembros de las diversas formas de organización constituidas legalmente, en los cuales no intervenga alguna relación laboral, tienen la oportunidad de afiliarse al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) mediante la contratación Modalidad 43 ó llamada también Incorporación Voluntaria del Campo al Régimen Obligatorio.
Una vez afiliados, el IMSS los ampara en el rubro de enfermedades y maternidad (únicamente prestaciones en especie); ayudas de gastos de funeral, así como invalidez y vida, indicó Juan José Escalera González, titular de la Jefatura de Afiliación Cobranza de la Delegación Regional Estado de México Oriente del IMSS.
Dijo que los trabajadores del campo pueden realizar su contratación de manera individual cualquier día del año.
Asimismo, si la incorporación es de forma colectiva, ésta se formalizará mediante celebración de un convenio con el representante legal del grupo. Tanto en lo individual como en grupo podrán contratar la Modalidad 43, cualquier día hábil del año en las Subdelegaciones Administrativas del IMSS de Ecatepec, Tlalnepantla y los Reyes la Paz.
Dijo que los sujetos que ampara esta modalidad, es el propio asegurado y sus beneficiarios legales: Esposa (o), Concubina (o) y los hijos desde el nacimiento a 16 años de edad o hasta los 25, si realizan estudios en planteles del sistema educativo nacional.
También tienen derecho los hijos cuando no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad crónica o discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, hasta en tanto no desaparezca la incapacidad que padecen. Al igual los padres del asegurado siempre y cuando convivan y dependan económicamente de éste.
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