Enfrenta a legisladores suspensión de proceso electoral del PJF
CIUDAD DE MÉXICO, 8 de enero de 2025.- El Comité de Evaluación del Poder Legislativo se pronunció contra la suspensión dictada por el juez Sergio Santamaría Chamú para suspender el proceso electoral de juzgadores y lo señaló notoriamente improcedente e inatendible, al violar los derechos políticos electorales a ser votados de los aspirantes que fueron registrados.
Este órgano evaluador consideró que este fallo trastoca los principios que rigen la materia electoral, es decir, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y máxima publicidad, “lo que representa un atentado a los derechos humanos de las personas participantes que tienen el derecho a ser votadas”.
Por ello, suspender el proceso electoral 2024-2025 para elegir a ministros, magistrados y jueces del Poder Judicial de la Federación “resulta jurídicamente imposible”, pues existe una incompetencia de origen, ya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sostenido el criterio de que la Autoridad Judicial no debe intervenir para resolver cuestiones electorales que incumben constitucionalmente a otros poderes.
De acuerdo al artículo 99 de la Constitución, se establece que el Tribunal Electoral será la máxima autoridad jurisdiccional en la materia y órgano especializado del Poder Judicial de la Federación.
El Comité de Evaluación del Poder Legislativo arguyó que el artículo 41 de la Constitución establece que los procedimientos electorales no son susceptibles de suspenderse, toda vez que son de orden público y de interés social, como también lo señala el artículo 496 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Además, están vigentes las disposiciones en materia de inimputabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Federal del 31 de octubre de 2024, las cuales disponen que son improcedentes las controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad o juicios de amparo.