
Rescatan a María Criselda y cae novia de su hija, acusada de golpearla
CIUDAD DE MÉXICO, 20 de agosto de 2018.- La Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México (AEFCM) deberá dar a conocer la documentación con la cual se otorgó autorización para el funcionamiento del Colegio Enrique Rébsamen en la delegación Tlalpan, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).
Entre la información que la AEFCM deberá entregar se encuentra la versión pública del Acta del Comité de Emergencia y Seguridad Escolar, así como de las actas circunstanciadas de todas las visitas de inspección realizadas para dicha autorización, en las que se verificaron condiciones de seguridad, higiene y pedagógicas, entre otra.
De acuerdo a lo que refiere un comunicado, al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Oscar Guerra destacó la importancia de conocer la información, a casi un año de los sismos de septiembre de 2017, en los que perecieron menores de edad, que formaban parte de la comunidad escolar del Rébsamen.
“Resulta de gran relevancia posicionar este asunto, a efecto de destacar la importancia que tiene el derecho de acceso a la información, para conocer todos los datos relacionados con el funcionamiento del citado centro escolar y las condiciones del mismo”, enfatizó.
En respuesta al particular que solicitó la información, el sujeto obligado indicó que ésta se encontraba reservada por estar contenida en una carpeta de investigación de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJCDMX) y su difusión podría interferir con la indagatoria.
Inconforme el particular interpuso recurso de revisión ante el INAI. En alegatos, la AEFCM reiteró la reserva.
En el análisis del caso, a cargo del comisionado Oscar Guerra Ford, se encontró que el sujeto obligado no acreditó cómo la difusión de la información pueda impedir u obstruir las funciones que ejerce el Ministerio Público, o su equivalente, durante la etapa de investigación.
Además, una vez analizado el contenido de la información, mediante una audiencia de acceso, se pudo observar que la misma está relacionada con el ejercicio de funciones de sujetos obligados, así como el cumplimiento de obligaciones normativas por parte de los particulares, con el fin de otorgar educación preescolar primaria y secundaria, la cual fue realizada desde 1984.
En ese sentido, la naturaleza primordial de la documentación solicitada es pública y su difusión no da cuenta de presuntos delitos, ni de la línea de investigación y/o acciones que realiza la PGJCDMX, ya que se trata de información relacionada con el ejercicio de la función pública y cumplimiento regulatorio para el funcionamiento de una institución educativa.
Asimismo, los documentos requeridos no son constancias generadas o derivadas de una indagatoria penal, durante la cual, de conformidad con la normativa, el Ministerio Público reúne indicios para el esclarecimiento de los hechos y, en su caso, los datos de prueba para sustentar el ejercicio o no de la acción penal, la acusación contra el imputado y la reparación del daño.
Por mayoría, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México y le instruyó poner a disposición del particular copia certificada de la siguiente información: