Revelan que ningún magistrado del TEPJF se inscribió en elección judicial
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, al conocer de las impugnaciones a la Ley Orgánica de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Durango, publicada el 16 de julio de 2017, determinó que durante el proceso legislativo que le dio origen, no se cometieron violaciones con carácter invalidante.
Sin embargo, al analizar el procedimiento establecido para designar al Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción del Estado, el Pleno invalidó el artículo 8, segundo párrafo, en la porción normativa “y si no alcanza la mayoría de votos señalada, el Congreso designará con la mayoría simple de los diputados presentes al Fiscal Especializado”.
En efecto, el Pleno consideró que resultaba inconstitucional el hecho de que el Congreso de Durango se otorgara facultades no previstas en la Constitución del Estado para designar por mayoría simple al Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción local, cuando las propuestas del Ejecutivo no alcancen la votación calificada en dos ocasiones sucesivas.
La discusión de este asunto continuará durante la próxima sesión del Pleno de la SCJN.