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CIUDAD DE MÉXICO, 10 de junio de 2016.- Acusado del delito de trata de personas agravada, un hombre que obligaba a su pareja a prostituirse quedó sujeto a proceso ordinario por orden del Juez 12 Penal, con sede en el Reclusorio Preventivo Norte, al dictarle auto de formal prisión con base en las pruebas aportadas por la Procuraduría General de Justicia capitalina que se encargó de ampliar y perfeccionar el expediente en apoyo a la Procuraduría General de la República (PGR).
La Subprocuraduría de Procesos de la PGJ indicó que en la causa 184/2015 se hizo constar que, en enero de 2013, la ofendida y el inculpado, quién se le reserva sus datos personales de acuerdo a los artículos 17 y 40 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública local, se conocieron en un bar del municipio de Panzacola, estado de Tlaxcala, iniciando una relación sentimental.
Un mes después se trasladaron a Morelia, Michoacán, donde el indiciado la obligó a trabajar como sexoservidora y a entregarle el dinero que obtenía. En abril del mismo año la llevó a Tijuana, Baja California, donde realizó la misma actividad, tiempo después, en diciembre de 2014 llegaron a la Ciudad de México donde fue llevada a la zona de La Merced para ejercer la prostitución.
El mayo de 2015, la afectada denunció los hechos ante el Ministerio Público de la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia Contra las Mujeres y Trata de Personas de la PGR, quien integró la averiguación previa y ejerció acción penal sin detenido con solicitud de orden de aprehensión, que le fue negada.
A petición de la PGR, el 1 de diciembre del mismo año, el expediente fue turnado a la Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Trata de Personas de la PGJ capitalina, en los términos del Artículo 36 del Código de Procedimientos Penales para la Ciudad de México, que se encargó de integrarlo debidamente para fundamentar y motivar la resolución judicial.
Con los elementos de prueba suficientes, la fiscalía central ejerció acción penal sin detenido y obtuvo la orden de detención el 1 de marzo de 2016, la cual fue cumplimentada por agentes federales.
La presente información se emite en términos del Artículo 11 de la Ley de Protección de Datos Personales para la Ciudad de México.
El presentado tiene el carácter de probable responsable, lo que no implica responsabilidad penal hasta que, en su caso, lo determine la autoridad jurisdiccional.