Cerramos la etapa del institucionalismo neoliberal, considera Monreal
CIUDAD DE MÉXICO, 6 de abril de 2017.- A un centenario de la redacción de la Constitución de 1917, en el Constituyente de aquel año, el doctor en derecho constitucional por la Universidad de Salamanca Rafael Estrada Michel, reconoce que es difícil decir qué tanto se ha conservado de la identidad de la que fue llamado en su momento la primera constitución social de occidente.
“La verdad es que ha sufrido más de 700 reformas formales el texto de Querétaro en las últimas administraciones, desde el gobierno de José López Portillo se han multiplicado las reformas constitucionales. Realmente podríamos preguntarnos si estamos ante el mismo texto”, dice en entrevista con Quadratín, uno de los colaboradores del libro Constitución de los Estados Unidos Mexicanos comentada, editada por Tirant lo blanch
“Hay cosas que le dan identidad al texto de Querétaro y se mantienen, desde luego lo más evidente la forma de gobierno republicana y popular, la apelación a la voluntad popular para constituir los poderes, la estructura de lo que se llamaban garantías individuales que ahora son derechos humanos, su defensa por la vía de amparo pero hay muchos otros aspectos por ejemplo los que tienen que ver con los derechos sociales, que le dieron su sello a la Constitución”, explica.
Se refiere al artículo 27 en materia agraria y el 123 en materia laboral que han sufrido radicales reformas en los últimos tiempos.
Sobre el 27 dice que “muy probablemente esta reforma del sexenio de Carlos Salinas de Gortari ya la encontrarían inclasificable y no suscribible en muchos aspectos los padres del ejido y los diputados que dieron lugar a la llamada génesis del artículo 27 constitucional. Es un artículo completamente distinto y fue un artículo de los que más identidad le dieron a la primera constitución social de occidente que fue la de 1917”.
Otro caso son las modificaciones al artículo 123, que rompió la alianza histórica ente el proletariado y el Estado mexicano.
“Hoy por hoy sabemos que ni siquiera serán las juntas de conciliación y arbitraje que lo fueron durante la mayor parte del siglo 20 las que resolverán los conflictos obrero-patronales, sino que ya este asunto, a partir de una reforma de la administración del presidente Enrique Peña Nieto, pasará al ámbito del poder judicial. Quiere decir que estos aspectos de alianza histórica entre clase obrera y estado mexicano por lo menos se van a reformular en un sentido diverso al originario de 1917 y otro tanto puede decirse de la relación entre la iglesia y el Estado mexicano con las reformas en su momento al 130 y 124, el artículo tercero en materia de educación”.
Otro cambio con respecto al texto de Querétaro es la autonomía que se le otorgó al Banco de México.
“En los últimos hemos visto estas ínsulas de autonomía que son bastante polémicas en doctrina y operación y por ahí podría decirse que tampoco se cumple con la identidad del texto de Querétaro. Hay muchas cosas que se mantienen y otras no, por lo tanto no podría decirle si estamos ante el mismo texto o no, es un texto aplicable y que hay que conocerlo y saber cómo se aplica. Son polémicas en doctrina”.
Estrada Michel, quien ha sido Director General de Capacitación y Difusión del Sistema de Justicia Penal en la Secretaría de Gobernación, así como Director General del Instituto Nacional de Ciencias Penales, comenta que en su caso abordó en el texto lo relacionado con los preceptos de creencia religiosa contenidos en la Constitución.
“Básicamente el artículo 24, pero también el tercero, en este juego de principios en materia de educación se hace cargo de lo que entendemos como libertad de creencia. Ha habido sentencias que han pasado hasta cierto punto desapercibidas en nuestro ámbito que han dado una nueva lectura e interpretación al texto de Querétaro que era radical en el sentido de establecer limitaciones fuertes a la libertad de expresión en materia religiosa y a la libertad de culto público y podemos ir viendo en la evolución del artículo 24, en la evolución de la enseñanza privada en materia religiosa que ha habido un desarrollo interesante a nivel jurisprudencial a nivel de las reformas que se han dado al texto constitucional desde la gran reforma de 1992”.
Explica que el libro en el que participan nueve ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación así como destacados académicos y especialistas y el cual fue coordinado por José Ramón Cossío Díaz, contiene un comentario por artículo que se hace cargo de cada uno de los principios e instituciones que se encuentran implicadas en el texto constitucional.
“Lo que viene es a actualizar los acercamientos a la Constitución, que sean acercamientos cada vez menos históricos, que este acercamiento sea operativo, sobre qué se ha resuelto en diversas cortes y tribunales del país y del extranjero, en la Corte interamericana qué es lo que se ha dicho en los últimos años y cómo eso impacta en el día a día en el foro, las notarías, pero también lo que se hace en las comunidades y pueblos indígenas, lo que se hace en los ministerios públicos, lo que se sostiene en tribunales, agencias periciales, incluso la forma de trabajar de las policías de investigación. Es una obra con ese sentido, muy práctico, que hacía mucha falta”, concluye.