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BARCELONA, 12 de junio, (Quadratín México).- La Fiscalía de Delitos Económicos de Barcelona acusa a la estrella del equipo azulgrana Leo Messi y su padre, Jorge Horacio Messi, de fraude fiscal en la declaración del IRPF entre los años 2007 y 2009 por un valor de cuatro millones de euros.
Dicha cantidad correspondería a los derechos de imagen del futbolista argentino y sería computable a los ejercicios fiscales de 2007, 2008 y 2009.
La querella, firmada por la fiscal Raquel Amado, ha sido interpuesta en el juzgado de instrucción en funciones de guardia de Gavà (Barcelona), donde tiene la residencia el delantero argentino.
Según el relato de la Fiscalía, “con la finalidad de burlar la tributación”, se simuló la cesión de sus derechos de imagen “a sociedades puramente instrumentales radicadas en paraísos fiscales (Belice, Uruguay) y, complementariamente, se formalizaron contratos de licencia, agencia o prestación de servicios entre aquellas sociedades y otras también instrumentales domiciliadas en jurisdicciones de conveniencia (Reino Unido, Suiza)”.
Para el ministerio público, ha quedado constatado durante la investigación que “la iniciativa para defraudar partió de Jorge Messi”, el padre y representante del jugador, ya que fue éste quien en 2005, cuando el delantero del Barça era aún menor de edad, encargó a un tercero la creación de una primera sociedad instrumental, que luego sería sustituida por otra, con el único propósito de evadir impuestos.
Con ello, señala la querella del fiscal, se buscaba “que los ingresos transitaran desde los países donde radicaban las empresas o entidades pagadoras hasta las sociedades instrumentales domiciliadas en los paraísos fiscales sin someterse prácticamente a tributación alguna y, además, con total opacidad frente a la Hacienda Pública española de la titularidad del real destinatario y beneficiario de los ingresos, que no fue otro que el querellado Lionel Messi”.
Por otro lado, añade la querella, “se omitieron determinados datos relevantes en otras declaraciones tributarias con la finalidad de impedir que la Administración Tributaria tuviera conocimiento de la cesión de los derechos a sociedades residentes en el extranjero”.
QMX/GRR