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CIUDAD DE MÉXICO, 26 de abril de 2018.- El pleno del Senado de la República –con 60 votos favor, 46 en contra y una abstención– aprobó la Ley General de Comunicación Social y organizaciones civiles, entre ellas Artículo 19 y Fundar, Centro de Análisis e Investigación, rechazaron que se haya aprobado pese a las advertencias y criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
“Aprobó la Ley General de Comunicación Social en un proceso legislativo lleno de claroscuros, inconsistencias y cargado de irregularidades”, señaló el Colectivo Medios Libres, quienes refieren que denunciaron en más de una ocasión.
“La minuta votada no cumple con los criterios establecidos en la sentencia del 15 de noviembre del 2017 emitida por la primera Sala de la SCJN. Por el contrario, legaliza las malas prácticas llevadas a cabo en la publicidad oficial, y no integró en su contenido las demás iniciativas presentadas en ambas Cámaras por los diferentes partidos políticos, y mucho menos integró las recomendaciones que desde el Colectivo Medios Libres propusimos al Congreso de la Unión”, refiere la organización por medio de un comunicado.
De acuerdo al Colectivo, la libertad de expresión se sigue viendo afectada al no establecer reglas claras en el tipo de gasto de la publicidad oficial, “viola la libertad de expresión, de prensa y de información, ya que la ausencia de dicho marco normativo permite un uso arbitrario y discrecional de la repartición de la publicidad oficial y genera censura a los medios de comunicación y periodistas críticos”.
Además acusan que en el proceso, la minuta no tuvo ningún cambio en su contenido y se aprobó en el pleno de la Cámara de Senadores, lo cual incumple con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia.
“Sin importar los diversos llamados no sólo del colectivo Medios Libres sino de organismos constitucionalmente autónomos como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el Instituto Nacional Electoral (INE), el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI), organismos internacionales como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), las relatorías para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y de las Naciones Unidas (ONU), y de diversos actores de oposición dentro de ambas cámaras, esta ley fue aprobada sin considerar las preocupaciones que se denunciaron a lo largo de cinco meses desde que se dictó la sentencia”, señalan.
“Esto claramente muestra una total falta de voluntad política, una falta de compromiso por parte de las y los legisladores, que se vio reflejado en un supuesto cumplimiento a la sentencia de la Suprema Corte dejando una gran deuda que el Congreso tiene para con la sociedad, así como para sus derechos y libertades. No puede existir una sociedad democrática sin un Estado que no integre en su agenda la libertad de expresión como un eje rector de la misma. Con la ausencia de garantías para ejercer la libertad de expresión se imposibilita el poder acceder a otra gama de derechos, y por ende, se debilita nuestra democracia. Esta ley impide que los medios de comunicación sean verdaderos instrumentos de ciertas libertades y no vehículos para restringirlas, lo que implica que los medios de comunicación sirvan para materializar el ejercicio de la libertad de expresión, de tal modo que sus condiciones de funcionamiento deben adecuarse a los requerimientos de esa libertad”.
“Este no es un cumplimiento integral, y finalmente con esta aprobación de la minuta persistirán las violaciones a los derechos humanos que la Suprema Corte intentó proteger en su sentencia. No bastaron cinco meses para que el Congreso hiciera lo que se le ordenó y decidieron hacer su trabajo legislativo en escasos dos meses a través de un proceso lleno de irregularidades”, concluye el escrito.